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Documento BORME-C-2021-4051

THINKO PROYECTOS EMPRESARIALES, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
AULAGA CONSULTING, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 104, páginas 5077 a 5077 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2021-4051

TEXTO

A efectos de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace constar que el Socio único de la mercantil Thinko Proyectos Empresariales, S.L.U., y la Junta General Extraordinaria y Universal de Socios de la sociedad Aulaga Consulting, S.L., por unanimidad, han decidido, el pasado día 14 de abril de 2021, la fusión de las referidas sociedades mediante la absorción de Aulaga Consulting, S.L., por parte de Thinko Proyectos Empresariales, S.L.U. La referida fusión se lleva a cabo con extinción sin liquidación de la Sociedad Absorbida y transmisión en bloque de su patrimonio a la Sociedad Absorbente, que adquiere, por sucesión universal, todos los derechos y obligaciones de aquélla. Dicha operación se realizará por el procedimiento simplificado regulado en el artículo 42 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles y bajo la modalidad de fusión inversa que regula el artículo 49.1 de la indicada Ley, por ser de Aulaga Consulting, S.L., el socio único de Thinko Proyectos Empresariales, S.L.U. La Sociedad absorbente adoptará además la denominación social de la sociedad absorbida.

Se hace constar igualmente que se aprobaron los respectivos balances del ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2020, como balances de fusión, sin estar ninguno de ellos auditado por no hallarse legalmente obligada a ello ninguna de las sociedades intervinientes en la fusión.

A su vez, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la mencionada Ley se hace constar expresamente el derecho que asiste a los acreedores de cada una de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de las decisiones adoptadas y de los balances de fusión aprobados, así como su derecho a oponerse a la fusión en los términos del artículo 44 de la citada Ley, durante el plazo de un mes contado desde la fecha del último anuncio de este acuerdo de fusión.

Madrid, 27 de mayo de 2021.- El Administrador único de Thinko Proyectos Empresariales, S.L.U., y de Aulaga Consulting, S.L., Julián Recuenco Bernal.

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