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Documento BORME-C-2021-4881

INDUSTRIAS JUNO, SOCIEDAD ANÓNIMA
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
PROYECTOS EMPRESARIALES JUNO, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 124, páginas 6039 a 6039 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2021-4881

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (LME), se hace público que el día 23 de junio de 2021, el socio único de Proyectos Empresariales Juno, S.L.U. (Sociedad Absorbida) y la Junta General Extraordinaria y Universal de Industrias Juno, S.A. (Sociedad Absorbente), en ejercicio de sus competencias, han decidido, cada uno de ellos aprobar la fusión por absorción de carácter simplificado en virtud del cual la Sociedad Absorbida es la filial íntegramente participada por la sociedad Absorbente, todo ello de conformidad con el Proyecto Común de Fusión redactado y firmado por la totalidad de los miembros de los órganos de administración de ambas compañías con fecha 4 de junio de 2021. La fusión implica la transmisión en bloque del patrimonio de la Sociedad Absorbida a la Sociedad Absorbente y la disolución y liquidación de la Sociedad Absorbida, con extinción de la misma.

Al tratarse de una fusión de carácter simplificado, conforme a lo previsto en el artículo 49 de LME no resulta necesario para esta fusión (i) la inclusión en el Proyecto Común de Fusión de las menciones 2,6,9 y 10 del artículo 31 LME, (ii) los informes de los administradores y expertos sobre el Proyecto Común de Fusión, (iii) el aumento de capital de la sociedad absorbente.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 42 LME el acuerdo de fusión se ha adoptado sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la ley al haberse adoptado por el socio único de la sociedad absorbida y en Junta universal y por unanimidad de la sociedad Absorbente, respetándose los derechos de información expresamente recogidos en el citado artículo.

Se hace constar el derecho de los accionistas, socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de las decisiones adoptadas y de los balances de fusión, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores en los términos del artículo 44 LME.

Erandio, 24 de junio de 2021.- El Presidente del Consejo de Administración de Industrias Juno, S.A., Javier María Cano Zorrilla, como persona física designada por Kaigane 2, S.L. .- Los Administradores solidarios de Proyectos Empresariales Juno, S.L.U., Javier María Cano Zorrilla y María Mercedes Cano Zorrilla.

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