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Documento BORME-C-2021-5415

MERINO COLLANTES, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
MERINO COMERCIAL, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 141, páginas 6678 a 6678 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2021-5415

TEXTO

Anuncio de fusión impropia por absorción.

De conformidad con el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en lo sucesivo "LME") se hace público que la Junta General Extraordinaria y Universal de la sociedad MERINO COLLANTES, S.L. (sociedad absorbente), en decisión adoptada el 12 de mayo de 2021, acordó la fusión impropia por absorción de la sociedad MERINO COMERCIAL, S.L.U. (sociedad absorbida), por parte de MERINO COLLANTES, S.L., con la entera transmisión en bloque del patrimonio social de la sociedad absorbida, que se extinguirá, mediante disolución sin liquidación, y consiguiente sucesión universal de sus derechos y obligaciones por la sociedad absorbente, todo ello en los términos del proyecto común de fusión impropia suscrito el día 12 de mayo de 2021, por los órganos de administración de las sociedades participantes en la fusión, que fue aprobado por los socios de la sociedad absorbente.

La fusión tiene carácter de impropia por cuanto la sociedad absorbida está íntegramente participada por la absorbente y de acuerdo con la LME, no procede establecer tipo de canje de las participaciones ni ampliar el capital social de la sociedad absorbente, ni la aprobación del socio único de la sociedad absorbida. Tampoco procede elaborar los informes de los administradores y expertos independientes del proyecto común de fusión impropia. Se aprobaron los respectivos balances de fusión cerrados a 31 de marzo de 2021, y las operaciones de la sociedad absorbida se consideran realizadas, a efectos contables, por cuenta de la sociedad absorbente, a partir del 1 de enero de 2021. No se producirá ninguna modificación estatutaria en la sociedad absorbente.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de las decisiones adoptadas y de los balances de fusión en el domicilio social de las mismas, así como el derecho de oposición de los acreedores de la fusión, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de la fusión, todo ello según lo previsto en los artículos 43 y 44 de la LME.

Madrid, 21 de julio de 2021.- Los Administradores mancomunados de Merino Collantes, S.L., y Merino Comercial, S.L.U., Isaac Merino Collantes y Silvia Merino Collantes.

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