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Documento BORME-C-2021-5908

GEFIBA FINANCIAL SOLUTIONS, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
LOAN GATE, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 153, páginas 7235 a 7236 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2021-5908

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de modificaciones estructurales de las sociedades Mercantiles, se hace público para general conocimiento, lo siguiente:

Que por unanimidad de todos los socios de las sociedades GEFIBA FINANCIAL SOLUTIONS, S.L. (Sociedad Absorbente), LOAN GATE, S.L. (Sociedad Absorbida), reunidos en Junta General, de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, el día 3 de agosto de 2021, han aprobado, en ambas sociedades, la fusión por absorción de LOAN GATE, S.L. (Sociedad Absorbida) por GEFIBA FINANCIAL SOLUTIONS, S.L. (Sociedad Absorbente), en los términos establecidos en el Proyecto Común de Fusión suscrito en fecha 30 de junio de 2021, por los respectivos órganos de administración de las sociedades participantes en la fusión.

Las decisiones de fusionar ambas sociedades por todos los socios fueron adoptadas con el carácter de universal y por unanimidad, no habiéndose dado publicidad al proyecto de fusión, ni habiendo sido depositado el mismo en el Registro Mercantil.

Estando ambas sociedades íntegramente participadas, en la misma proporción del capital social, por los mismos socios, la fusión se ha llevado a cabo mediante el denominado procedimiento abreviado, realizándose sin necesidad de concurrir los requisitos establecidos en el artículo 49.1 de la Ley 3/2009.

Esta operación es una fusión especial, sometida el Régimen del artículo 52, apartado 1.º de la Ley 3/2009, el cual regula los supuestos asimilados a la absorción de sociedades íntegramente participadas por los mismos socios (fusión gemelar o entre hermanas).

Esta fusión por absorción implica que la entidad LOAN GATE, S.L. (Sociedad Absorbida), se extinguirá traspasando en bloque su patrimonio social a GEFIBA FINANCIAL SOLUTIONS, S.L. (Sociedad Absorbente), que sucederá a título universal en la totalidad de los derechos y obligaciones a aquella, que quedará disuelta y extinguida sin liquidación como consecuencia de este proceso. Asimismo, fueron aprobados por unanimidad de todos los socios en ambas sociedades, el mismo día 3 de agosto de 2021, como balances de fusión de LOAN GATE, S.L. (Sociedad Absorbida), por GEFIBA FINANCIAL SOLUTIONS, S.L. (Sociedad Absorbente), los balances cerrados a 31 de diciembre de 2020, que no han sido sometidos a verificación de auditor por no estar las compañías legalmente obligadas a auditar sus cuentas, así como el Proyecto Común de Fusión de fecha 30 de junio de 2021.

Se hace constar, a los efectos oportunos, el derecho que asiste a todos los socios, a los acreedores, a los titulares de derechos especiales y a los representantes de los trabajadores de las sociedades que se fusionan a obtener el texto íntegro de las decisiones adoptadas y los balances de fusión.

Los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan podrán oponerse a la fusión en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley 3/2009.

Barcelona, 5 de agosto de 2021.- El Administrador único de Gefiba Financial Solutions, S.L., esto es, Crandon Unlimited Partners, S.L., debidamente representada por su persona física representante, Alejandro Alcaraz Sanz.- El Administrador único de Loan Gate, S.L., Juan Piguillem Jorge.

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