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Documento BORME-C-2021-6446

DHL PARCEL IBERIA, S.L., SOCIEDAD UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
DHL PARCEL SUPPORT SPAIN, S.L., SOCIEDAD UNIPERSONAL
DHL PARCEL GIPUZKOA SPAIN, S.L., SOCIEDAD UNIPERSONAL
DHL PARCEL CANTABRIA SPAIN, S.L., SOCIEDAD UNIPERSONAL
DHL PARCEL HUELVA SPAIN, S.L., SOCIEDAD UNIPERSONAL
DHL PARCEL GIRONA SPAIN, S.L., SOCIEDAD UNIPERSONAL
DHL PARCEL TARRAGONA SPAIN, S.L., SOCIEDAD UNIPERSONAL
DHL PARCEL VALENCIA SPAIN, S.L., SOCIEDAD UNIPERSONAL
DHL PARCEL CASTELLO SPAIN, S.L., SOCIEDAD UNIPERSONAL
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 185, páginas 7854 a 7854 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2021-6446

TEXTO

Anuncio de Fusión por Absorción.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME"), se hace público que, con fecha 15 de septiembre de 2021, el socio único de (i) DHL Parcel Support Spain, S.L., Sociedad Unipersonal; (ii) DHL Parcel Gipuzkoa Spain, S.L. Sociedad Unipersonal; (iii) DHL Parcel Cantabria Spain, S.L., Sociedad Unipersonal; (iv) DHL Parcel Huelva Spain, S.L., Sociedad Unipersonal; (v) DHL Parcel Girona Spain, S.L., Sociedad Unipersonal; (vi) DHL Parcel Tarragona Spain, S.L., Sociedad Unipersonal; (vii) DHL Parcel Valencia Spain, S.L., Sociedad Unipersonal; (viii) DHL Parcel Castello Spain, S.L., Sociedad Unipersonal (las ocho anteriores, conjuntamente, las "Sociedades Absorbidas") y el de DHL Parcel Iberia, S.L., Sociedad Unipersonal (la "Sociedad Absorbente"), en ejercicio de las competencias de las juntas generales de las referidas sociedades, han aprobado la fusión por absorción de las Sociedad Absorbidas por parte de la Sociedad Absorbente, lo que implicará la transmisión en bloque del patrimonio de las Sociedades Absorbidas a la Sociedad Absorbente, que lo adquirirá por sucesión universal, y la disolución sin liquidación de las Sociedades Absorbidas, circunstancia que conllevará la extinción de las mismas.

A efectos de lo dispuesto en el artículo 43 de la LME, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de las Sociedades Absorbidas y de la Sociedad Absorbente a obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados y de los balances de fusión aprobados, así como el derecho que asiste a los acreedores de las Sociedades Absorbidas y de la Sociedad Absorbente a oponerse a la fusión en los términos previstos en el artículo 44 LME.

Donostia-San Sebastián (Gipuzkoa), 20 de septiembre de 2021.- En su condición de persona física representante (i) de Danzas, S.L., en el cargo de Administrador único de DHL Parcel Iberia, S.L., Sociedad Unipersonal, y (ii) de DHL Parcel Iberia, S.L., Sociedad Unipersonal, en el cargo de Administrador único de DHL Parcel Support Spain, S.L., Sociedad Unipersonal, de DHL Parcel Gipuzkoa Spain, S.L., Sociedad Unipersonal, de DHL Parcel Cantabria Spain, S.L., Sociedad Unipersonal, de DHL Parcel Huelva Spain, S.L., Sociedad Unipersonal, de DHL Parcel Girona Spain, S.L., Sociedad Unipersonal, de DHL Parcel Tarragona Spain, S.L., Sociedad Unipersonal, de DHL Parcel Valencia Spain, S.L., Sociedad Unipersonal, y de DHL Parcel Castello Spain, S.L., Sociedad Unipersonal, Claude Pierre Piwko.

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