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Documento BORME-C-2021-6561

DIVIAL 10, S.A.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
DI, S.A.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 191, páginas 7984 a 7984 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2021-6561

TEXTO

Anuncio de fusión por absorción.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las sociedades mercantiles ("LME"), se hace público que DIVIAL 10, S.A.U., accionista único de DI, S.A.U., sociedad anónima de nacionalidad española, con domicilio social en calle Lagasca, 88, 6.º, 28001, Madrid, inscrita en el Registro Mercantil de Madrid al Tomo 4256, Folio 50, Hoja M-70708 y con el Número de Identificación Fiscal A-28198703 (la "Sociedad Absorbente") decidió aprobar, con fecha 10 de septiembre de 2021, la fusión por absorción de su sociedad íntegramente participada DI, S.A.U., sociedad anónima de nacionalidad española, con domicilio social en calle Lagasca, 88, 6.º, 28001, Madrid, inscrita en el Registro Mercantil de Madrid al Tomo 3204, Folio 10, Hoja M-54619 y con el Número de Identificación Fiscal A-28452589 (la "Sociedad Absorbida").

Se señala expresamente que, como se da la circunstancia de que DIVIAL 10, S.A.U., es titular directa de todas las acciones de DI, S.A.U., la fusión se sujeta al régimen de fusiones especiales previsto en el artículo 49.1 LME.

De esta forma, la Sociedad Absorbente absorberá a la Sociedad Absorbida, con disolución sin liquidación de esta última, traspasando en bloque su patrimonio en favor de la Sociedad Absorbente, como sucesora universal, comprendiendo todos los elementos que integran el activo y el pasivo de la Sociedad Absorbida y quedando, consecuentemente, la Sociedad Absorbente subrogada en todos los derechos y obligaciones de la Sociedad Absorbida, todo ello en los términos que se expresan en el proyecto común de fusión.

De conformidad con lo dispuesto en el citado artículo 43 LME, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de la Sociedad Absorbente y de la Sociedad Absorbida, de obtener el texto íntegro de la decisión de la fusión y de los balances de fusión de cada una de las citadas sociedades.

Asimismo, se hace constar de forma expresa el derecho de oposición que, durante el plazo de un mes desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de fusión, asiste a los acreedores de la Sociedad Absorbente y de la Sociedad Absorbida, en los términos previstos en el artículo 44 LME.

Madrid, 29 de septiembre de 2021.- El Secretario no Consejero del Consejo de Administración de DIVIAL 10, S.A.U., y DI, S.A.U., Diego Armero Montes.

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