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Documento BORME-C-2021-6563

IDEAL EXTERIORES, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
QUALIALUM, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 191, páginas 7986 a 7986 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2021-6563

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante, "LME") se hace público que, con fecha 20 de septiembre de 2021, la Junta de socios de Ideal Exteriores, S.L. (la "Sociedad Absorbente") ha aprobado, de conformidad con lo establecido en el artículo 49.1 de dicha Ley, por estar Qualialum, S.L. (la "Sociedad Absorbida"), íntegramente participada por la Sociedad Absorbente, el acuerdo de fusión por absorción de la Sociedad Absorbida por la Sociedad Absorbente, en los términos establecidos en el preceptivo proyecto común de fusión de fecha de 30 julio de 2021, formulado y suscrito por los administradores de las sociedades participantes en la fusión.

La fusión implica la transmisión en bloque del patrimonio de la Sociedad Absorbida a la Sociedad Absorbente, la cual adquirirá por sucesión universal todos los derechos y obligaciones de la Sociedad Absorbida y la disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida, circunstancia que conllevará la extinción de la misma.

A los efectos anteriores se pone de manifiesto que a la presente fusión por absorción le resulta de aplicación el procedimiento simplificado previsto en el artículo 49 de la LME. Según lo dispuesto en el artículo 42 de la LME, el acuerdo de fusión se ha adoptado sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por Ley, al haber sido aprobado por unanimidad de la de la Sociedad Absorbente y de la Sociedad Absorbida.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 43 y 44 de la LME, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de la Sociedad a fusionar, de solicitar y obtener el texto íntegro del acuerdo de fusión por absorción adoptado y los balances de fusión, así como el derecho de los acreedores a oponerse a la fusión por absorción con los efectos legalmente previstos en el artículo 44 de la LME en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de la publicación del último anuncio del acuerdo de fusión por absorción.

Madrid, 21 de septiembre de 2021.- El Administrador único de la Sociedad absorbente y absorbida, Philippe Roger Bretón.

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