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Documento BORME-C-2021-6598

MONOBOSCO, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
DESARROLLOS EMPRESARIALES CALELLA , S.L.
MISCELÁNEA DE SERVICIOS INTEGRALES, S.L.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 192, páginas 8024 a 8024 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2021-6598

TEXTO

Anuncio de Fusión por Absorción.

De acuerdo con el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante, LME), se hace público que las Juntas Generales Extraordinarias de MONOBOSCO, S.L. (Sociedad Absorbente), DESARROLLOS EMPRESARIALES CALELLA, S.L., y MISCELÁNEA DE SERVICIOS INTEGRALES, S.L. (Sociedades Absorbidas), celebradas el 6 de septiembre de 2021, aprobaron por unanimidad la fusión por absorción de las Sociedades Absorbidas por parte de la Sociedad Absorbente conforme a lo dispuesto en el Proyecto de Fusión suscrito por los administradores de las tres sociedades intervinientes, con fecha 2 de junio de 2021.

Como consecuencia de esta fusión, la Sociedad Absorbente adquirirá, a título de sucesión universal, el patrimonio íntegro de las Sociedades Absorbidas, mediante la disolución sin liquidación de estas últimas y el traspaso en bloque a la Sociedad Absorbente de todos sus activos y pasivos, derechos y obligaciones, la cual se subroga, sin limitación alguna, en todos los derechos y obligaciones de las absorbidas. La fusión se acordó con la aprobación de los balances de fusión de 31 de diciembre de 2020, con una ampliación de capital por un importe nominal de 29.548 euros y una prima de asunción total de 73.424,05 euros. A consecuencia de la Fusión, se modifican los artículos 2 y 6 de los estatutos de la Sociedad Absorbente.

Según lo previsto en los artículos 43 y 44 LME, se hace constar expresamente del derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades afectadas a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de la fusión. Asimismo, se hace constar que durante el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo por el que se aprueba la fusión, los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan tienen derecho a oponerse a la fusión.

Madrid, 8 de septiembre de 2021.- El Administrador, Ángel Doménech Linde.

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