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Documento BORME-C-2021-6732

SERVICIOS SECURITAS, S.A.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
SECURITAS AIRPORT SERVICES, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 196, páginas 8170 a 8170 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2021-6732

TEXTO

De conformidad con los artículos 42, 49.1.4 y 52.1 de la Ley 3/2009 sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LME"), se hace público que la Junta General Universal de Servicios Securitas, S.A.U., celebrada el 6 de octubre de 2021, aprobó, por unanimidad, la fusión por absorción impropia de Securitas Airport Services, S.L.U. (Absorbida), por Servicios Securitas, S.A.U. (Absorbente), conforme a lo dispuesto en el proyecto de fusión suscrito por los órganos de administración de las sociedades, extinguiéndose y disolviéndose sin liquidación la absorbida, transmitiendo en bloque su patrimonio social a la absorbente y en consecuencia, la absorbente se subroga en todos los derechos y obligaciones de la absorbida, sin limitación alguna, tomando el día 1 de enero de 2021, como fecha a partir de la cual las operaciones que se realicen por la sociedad absorbida se considerarán computables a efectos contables en la sociedad absorbente.

La fusión se acordó con la aprobación de los respectivos balances de fusión de 31 de diciembre de 2020, y ampliando Servicios Securitas, S.A.U., su capital social para integrar los Activos y Pasivos de Securitas Airport Services, S.L.U., y entregar nuevas acciones de Servicios Securitas, S.A.U., a su accionista único Securitas Seguridad España, S.A.U., a cambio de amortizar las acciones de Securitas Airport Services, S.L.U.

Servicios Securitas, S.A.U., como Absorbente, y sociedad hermana de la Absorbida, está exenta de elaborar el informe de los administradores y al informe de auditoría del Proyecto Común de Fusión por un experto independiente, de conformidad con los artículos 33, 34 y 52.1 LME.

No obstante lo anterior, que la fusión sea aprobada en junta universal no restringirá los derechos de información de los representantes de los trabajadores sobre la fusión, incluida la información sobre los efectos que pudiera tener sobre el empleo, mediante el derecho a obtener en el domicilio social copia de estos documentos, así como la entrega o el envío gratuito de los mismos. No se conceden ventajas especiales a los miembros de los Órganos de administración ni a los expertos independientes, quedando subrogada la absorbente en todas las relaciones jurídicas y económicas de la sociedad absorbida.

De conformidad con lo previsto en los artículos 3 y 44 de la LME se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades afectadas de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y que asimismo a los acreedores de la sociedad les asiste el derecho de oposición a la fusión, durante el transcurso de un mes, contado desde la fecha del último anuncio de los acuerdos adoptados en la Junta General Universal.

Madrid, 6 de octubre de 2021.- El Secretario del Consejo de Administración de Servicios Securitas, S.A.U., Nieves Plaza Sanz.- El Administrador único de Securitas Airport Services, S.L.U., Jorge Manuel Morais Couto.

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