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Documento BORME-C-2021-6917

TECNIMOEM 97, S.L.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
TECNIMOEM CARE, S.L.U.
INMUEBLES NAVARRA 2018, S.L.U.
(SOCIEDADES BENEFICIARIAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 203, páginas 8389 a 8389 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2021-6917

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 42, 43 y 73 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (LME), por remisión del artículo 73.1 de la misma norma legal, se hace público que con fecha de 5 de octubre de 2021, la Junta General de TECNIMOEM 97, S.L. (Sociedad Escindida), aprobó por unanimidad la escisión total de la sociedad, mediante la división de la totalidad de su patrimonio en dos partes, para su traspaso respectivo en bloque por sucesión universal, a dos sociedades de responsabilidad limitada ya existentes denominadas TECNIMOEM CARE, S.L.U., e INMUEBLES NAVARRA 2018, S.L.U. (Sociedades Beneficiarias), todo ello previa disolución sin liquidación de la Sociedad objeto de escisión total, y conforme a los términos del proyecto de escisión.

Asimismo se hace constar que el acuerdo de escisión total ha sido igualmente adoptado por los respectivos socios únicos de TECNIMOEM CARE, S.L.U., e INMUEBLES NAVARRA 2018, S.L.U., mediante sendas Decisiones del Socio único, ambas de fecha 5 de octubre de 2021, conforme a los términos establecidos en el proyecto de escisión total común elaborado por los órganos de administración de la sociedad escindida y de las sociedades beneficiarias.

La presente escisión total se acoge al régimen previsto en el artículo 42 de la LME por remisión del artículo 73.1, al haber sido adoptado el acuerdo de escisión en cada una de las sociedades que participan en la escisión, en junta universal y por unanimidad, o en su caso, por los Socios únicos, por lo que no serán necesarios publicar o depositar previamente el proyecto de escisión, preparar informe de experto independiente sobre el proyecto de escisión, ni preparar informe del administrador sobre el proyecto de escisión de conformidad con lo establecido en el artículo 78 bis de la LME.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de la Sociedad escindida de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del balance de escisión total, así como el derecho de oponerse a la escisión que corresponde a los acreedores en los términos y con los efectos legalmente previstos, en el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de escisión total, de conformidad con lo previsto en los artículos 43 y 44 de la LME, por remisión que a los mismos hace el artículo 73 de la citada Ley.

Viana, 7 de octubre de 2021.- El Administrador único de Tecnimoem 97, S.L., de Tecnimoem Care, S.L.U., y de Inmuebles Navarra 2018, S.L.U., Pablo Brau Pellisa.

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