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Documento BORME-C-2021-7119

RESIDENCIA DE LA TERCERA EDAD LA MERCED
DE LOS PEÑASCALES, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)
VÍA LÁCTEA PROYECTOS, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)

Publicado en:
«BORME» núm. 209, páginas 8623 a 8623 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2021-7119

TEXTO

Proyecto de fusión impropia de la sociedad Residencia de la tercera edad La Merced de los Peñascales, S.L., por la sociedad Vía Láctea Proyectos, S.L.

Se acuerda la fusión impropia de la sociedad Residencia de la tercera edad La Merced de los Peñascales, S.L., de la que se ostenta el cien por cien del capital social por Vía Láctea Proyectos, S.L.

Vía Láctea Proyectos, S.L., con domicilio en calle Espino, 43, de Torrelodones 28250, Madrid, y datos registrales: Registro Mercantil de Madrid. Tomo 22208, Libro 0, folio 71, sección 8, hoja M 396392, inscripción 1, fecha 20 de enero de 2006.

Residencia de la tercera edad la Merced de los Peñascales, S.L., con domicilio en avenida del Lago, 25, Torrelodones 28250, Madrid, y datos registrales: Registro Mercantil de Madrid. Tomo 8788 general, 7636 de la sección 3.ª del libro de sociedades, folio 9, hoja 71580, inscripción 1, fecha 23 de agosto de 1988.

A tal efecto se procederá a transmitir en bloque la totalidad del patrimonio de la sociedad absorbida.

La fecha a partir de la cual la fusión tendrá efectos contables es el 1 de septiembre de 2021.

Los estatutos serán los de la compañía absorbente.

No se producirán consecuencias en el empleo como consecuencia de la fusión, así como un eventual impacto de género en el órgano de administración y tampoco en la responsabilidad social de la empresa.

Se comunicará la información sobre la fusión a los representantes de los trabajadores.

El Balance de fusión de las sociedades que participan en este proceso de reestructuración es el cerrado a 31 de agosto de 2021.

La fecha prevista para la formalización de la absorción será el 30 de noviembre de 2021.

Se hace constar expresamente el derecho que corresponde a los acreedores de las sociedades que participan en la fusión a examinar en el domicilio social los documentos indicados en los números 1.º y 4.º y 5.º del apartado 1, del artículo 39, así como a obtener, en los términos previstos en el artículo 32, la entrega o el envío gratuitos del texto íntegro de los mismos.

Torrelodones (Madrid), 25 de octubre de 2021.- La Administradora solidaria, María Jesús González Molinello.

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