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Documento BORME-C-2021-7150

BOGOLE ITG, S.L.U.
SPARKIA DISTRICT, S.L.U.
(SOCIEDADES ABSORBENTES)
NINSUNA ITG, S.L.U.
DAMATE ITG, S.L.U.
DRAGOON BUSINESS, S.L.U.
PETIRED FORUM, S.L.U.
TORTOLA CONSTRUCTED, S.L.U.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 210, páginas 8662 a 8662 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2021-7150

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43.1 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (la "LME"), se hace público que el día 21 de octubre de 2021:

(i) el socio único de Bogole ITG, S.L.U. (la "Primera Sociedad Absorbente"), y el socio único de Ninsuna ITG, S.L.U., y Damate ITG, S.L.U. (ambas sociedades conjuntamente, las "Primeras Sociedades Absorbidas"), todos ellos en ejercicio de las competencias de la Junta General, aprobaron la fusión por absorción de las Primeras Sociedades Absorbidas por parte de la Primera Sociedad Absorbente; y

(ii) el socio único de Sparkia District, S.L.U. (la "Segunda Sociedad Absorbente"), y los socios únicos de Dragoon Business, S.L.U.; Petired Forum, S.L.U., y Tortola Constructed, S.L.U. (las tres sociedades conjuntamente, las "Segundas Sociedades Absorbidas"), todos ellos en ejercicio de las competencias de la Junta General, aprobaron la fusión por absorción de las Segundas Sociedades Absorbidas por parte de la Segunda Sociedad Absorbente, en ambos casos de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.1 en relación con el artículo 49 de la LME (la "Fusión").

Como resultado de la Fusión, las Primeras Sociedades Absorbidas y las Segundas Sociedades Absorbidas (junto con las Primeras Sociedades Absorbidas, las "Sociedades Absorbidas") se disolverán sin liquidación y todos sus activos y pasivos serán transmitidos en bloque y por sucesión universal a la Primera Sociedad Absorbente y Segunda Sociedad Absorbente (junto con la Primera Sociedad Absorbente, las "Sociedades Absorbentes"), respectivamente.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a todos los acreedores de las Sociedades Absorbentes y de las Sociedades Absorbidas a obtener el texto íntegro de los acuerdos sociales adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores, todo ello en los términos previstos en los artículos 43.1 y 44 de la LME.

Madrid, 26 de octubre de 2021.- La Representante persona física de SPV Spain 5, S.L.U., Administrador Solidario de Bogole ITG, S.L.U., Damate ITG, S.L.U., Sparkia District, S.L.U., Dragoon Business, S.L.U., Petired Forum, S.L.U., y Tortola Constructed, S.L.U., y representante persona física de Intertrust (Spain), S.L.U., Administrador Solidario de Ninsuna ITG, S.L.U., Mercedes Álvarez Llorca.

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