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Documento BORME-C-2021-7204

BEFEMAR INVESTMENT & MEDIACIÓN, S.L.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
BEFEMAR GLOBAL MANAGEMENT, S.L.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA DE NUEVA CREACIÓN)

Publicado en:
«BORME» núm. 211, páginas 8724 a 8724 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2021-7204

TEXTO

Anuncio de Escisión Parcial.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 42, 43 y 73 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LME"), se hace público que la Junta General de la sociedad Befemar Investment & Mediación, S.L. (Sociedad Escindida), el 29 de octubre de 2021, ha acordado, por unanimidad la escisión parcial de la rama de actividad relacionada con el sector aéreo, y su consiguiente transmisión en bloque a una sociedad limitada de nueva creación, Befemar Global Management, S.L. (Sociedad Beneficiaria), cuya denominación social está pendiente de obtención en el Registro Mercantil Central, la cual se constituirá simultáneamente y como consecuencia de la presente escisión parcial y adquirirá por sucesión universal la rama de actividad anteriormente citada, adjudicando a los actuales socios de la Sociedad Escindida las nuevas participaciones sociales de la Sociedad Beneficiaria, proporcionalmente a los derechos que éstos tenían en el capital de la Sociedad Escindida.

La escisión se ha llevado a cabo de conformidad con el proyecto de escisión de fecha 1 de octubre de 2021.

Se hace constar que, por aplicación del artículo 78 bis, no ha sido preciso elaborar balance de escisión, ni el informe de administradores sobre el proyecto de escisión, ni el nombramiento de expertos independientes. No obstante lo anterior, se ha procedido a la elaboración del balance de escisión. Tampoco ha sido necesario la publicación o depósito del proyecto de escisión en virtud del artículo 42 LME.

Asimismo, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades intervinientes de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y se informa a los acreedores del derecho que les asiste de oponerse a la mencionada escisión parcial durante el plazo de un mes desde la fecha de publicación del último anuncio de escisión parcial, en los términos señalados en los artículos 43 y 44 de la LME, por remisión del artículo 73 de la misma ley.

Madrid, 29 de octubre de 2021.- El Administrador único de la Sociedad Escindida, Befemar Investment & Mediación, S.L., Carlos Bertomeu Martínez.

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