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Documento BORME-C-2021-7312

AUTOMARES, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
GIRALDA CARS DEALER, S.L.U.
DIVISA AUTOMOCIÓN, S.L.U.
FIALBA ALJARAFE, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 214, páginas 8849 a 8849 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2021-7312

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43, de la Ley 3/2009 de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (LME), se hace público que el socio único de la mercantil AUTOMARES, S.L.U., ha aprobado, con fecha 28 de octubre de 2021, la fusión por absorción en dicha compañía de las mercantiles GIRALDA CARS DEALER, S.L.U., DIVISA AUTOMOCIÓN, S.L.U., y FIALBA ALJARAFE, S.L.U., sociedades estas últimas que se disuelven sin liquidación, transmitiendo en bloque sus respectivos patrimonios sociales a la Sociedad Absorbente, que son adquiridos por sucesión universal.

El acuerdo de fusión se ha adoptado en base al Proyecto Común de Fusión, aprobado por los órganos de administración de todas las sociedades que participan en la fusión, con fecha 26 de junio de 2021, el cual no ha sido necesario publicar ni depositar de conformidad con lo establecido en el artículo 42 LME, al haberse adoptado dicho acuerdo por decisión del socio único de la sociedad absorbente, que es titular directo o indirecto del 100 por cien del capital social de todas las sociedades intervinientes.

Han servido de base a la fusión los balances de las sociedades intervinientes cerrados al 31 de diciembre de 2020, que han sido aprobados por sus respectivas Juntas Generales de Socios con ocasión de la aprobación de las cuentas anuales del ejercicio social cerrado en dicha fecha, del que forman parte integrante.

Se hace constar que la operación objeto del presente anuncio constituye una fusión especial, a la que le resulta de aplicación lo establecido en el artículo 49 LME, al ser la sociedad absorbente titular de forma directa de la totalidad del capital social de la Sociedad absorbida n.º 1 y estar todas las sociedades intervinientes íntegramente participadas, de forma directa o indirecta, por el mismo socio (artículo 52.1 LME).

Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 43 y 44 de la LME, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades intervinientes en la fusión, de solicitar y obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión. Asimismo, los acreedores de dichas sociedades cuyo crédito haya nacido antes de la fecha de publicación del acuerdo de fusión, podrán oponerse a la fusión, dentro del plazo de un mes, a contar desde la fecha de la última publicación de este anuncio.

Sevilla, 28 de octubre de 2021.- El Administrador único de la Sociedad absorbente, Joaquín Fernández Vial González Barba, en nombre de FERVILTA, S.L.

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