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Documento BORME-C-2021-7331

FRUTAS INFANTES, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL (SOCIEDAD ESCINDIDA TOTALMENTE)
FRUTAS INFANTES, SOCIEDAD LIMITADA
INFANTES HOLDING MANAGEMENT, SOCIEDAD LIMITADA
EL PADRÓN INVERSIONES, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDADES BENEFICIARIAS DE LA ESCISIÓN)

Publicado en:
«BORME» núm. 214, páginas 8868 a 8868 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2021-7331

TEXTO

Se hace público que el socio único de la sociedad FRUTAS INFANTES, S.L.U., en fecha 2 de noviembre de 2021, adoptó la decisión de proceder a la escisión total de FRUTAS INFANTES, S.L.U., que se extinguirá vía disolución sin liquidación, con el consiguiente traspaso de la totalidad de su patrimonio social a las entidades de nueva creación FRUTAS INFANTES, S.L., INFANTES HOLDING MANAGEMENT, S.L., y EL PADRÓN INVERSIONES, S.L., quienes adquirirán por sucesión universal todos los derechos y obligaciones integrantes del mismo, en los términos y condiciones del proyecto de escisión suscrito por el órgano de administración de la sociedad escindida.

Se hace constar que resulta de aplicación a la presente escisión total el régimen previsto en el artículo 42 de la Ley 3/2009, de 3 de abril (LME), al haber sido aprobada por el socio único de la sociedad escindida, única sociedad preexistente.

Asimismo, se pone de manifiesto que resulta de aplicación a la presente escisión total el régimen previsto en el artículo 78 bis LME, habida cuenta de que el socio único de la sociedad escindida recibirá la totalidad de las participaciones sociales de las tres sociedades beneficiarias, en la misma proporción a los derechos que tenía en el capital de la sociedad escindida y que las sociedades beneficiarias son de nueva constitución. En consecuencia, no es necesario el informe de los administradores sobre el proyecto de escisión ni el informe de expertos independientes, así como tampoco el balance de escisión.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de la sociedad escindida a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados, así como el derecho de los acreedores a oponerse a la escisión en los términos establecidos en el artículo 44 LME, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de escisión.

Estepona, 3 de noviembre de 2021.- La Administradora única, María de las Mercedes Infantes Ramírez.

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