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Documento BORME-C-2021-7370

INSTALACIONES DE SISTEMAS ACÚSTICOS
Y TÉRMICOS, SOCIEDAD LIMITADA (EN CONCURSO)
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
3IA INGENIERÍA ACÚSTICA, SOCIEDAD LIMITADA
UNIPERSONAL (EN CONCURSO)
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 215, páginas 8914 a 8914 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2021-7370

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en los arts. 42, 43 y 49 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales "LME", se hace público que la mercantil INSTALACIONES DE SISTEMAS ACÚSTICOS Y TÉRMICOS, S.L. (en Concurso) -ISTA, S.L.- ("Sociedad Absorbente"), a su vez socia única de 3IA INGENIERÍA ACÚSTICA, S.L.U. (en Concurso) -3IA S.L.U.- ("Sociedad Absorbida" ), con la intervención del administrador concursal de ambas, procedimiento acumulado 85/2020 - Juzgado Mercantil 1 de Valladolid, han acordado el 30 de octubre de 2021, la fusión por absorción simplificada de la Sociedad Absorbida por la Absorbente, según el acta de Junta General Universal Extraordinaria de ISTA, S.L., por la que se aprueba la fusión simplificada de absorción de sociedad íntegramente participada.

Según el art. 42 de la LME, al no ser la sociedad anónima y haberse tomado por unanimidad el acuerdo de los socios de la absorbente, con la intervención del Administrador Concursal y con la asistencia del socio único, ISTA, S.L., de la Absorbida, no son de aplicación las normas generales sobre el Proyecto de Fusión del capítulo I de la LME, ni las de información de la fusión del art. 39, ni las relativas a la adopción del acuerdo de fusión, a la publicación de la convocatoria de la Junta y a la comunicación, en su caso, a los socios del Proyecto de fusión previstos en los apartados 1 y 2 del art. 40 LME.

La Fusión implica la transmisión en bloque del patrimonio de la Absorbida a la Absorbente y la disolución sin liquidación de aquella, causa de su extinción.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados y Balances de fusión.

Se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de las Sociedades a fusionar de oponerse en los términos previstos en el artículo 44 LME.

Valladolid, 4 de noviembre de 2021.- El Administrador único, Gerardo Martín Villa.

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