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Documento BORME-C-2021-7374

VALOR FORESTAL, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
VALOR FORESTAL I, SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 215, páginas 8918 a 8919 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2021-7374

TEXTO

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, se hace público que el socio único de la sociedad Valor Forestal, Sociedad Limitada Unipersonal, el día 25 de octubre de 2021, ha aprobado la fusión (la "Fusión") entre Valor Forestal, Sociedad Limitada Unipersonal (Sociedad Absorbente) y Valor Forestal I, Sociedad Anónima Unipersonal (Sociedad Absorbida), mediante la absorción de ésta por la primera, de tal forma que una vez consumada la fusión, la sociedad absorbida se extinguirá y transmitirá en bloque todos sus derechos y obligaciones a Valor Forestal, Sociedad Limitada Unipersonal que, a su vez, adquirirá por sucesión universal dichos derechos y obligaciones. Asimismo, se cancelarán todas las acciones que integran el capital social de Valor Forestal I, Sociedad Anónima Unipersonal.

La fusión ha sido aprobada conforme al proyecto común de fusión redactado y suscrito por los Órganos de Administración de las sociedades absorbente y absorbida, el día 30 de junio de 2021 (el "Proyecto de Fusión").

Al estar la sociedad absorbida íntegramente participada de forma directa por la sociedad absorbente, Valor Forestal, Sociedad Limitada Unipersonal, la fusión seguirá el régimen simplificado previsto en el artículo 49 de la Ley Modificaciones Estructurales y, en consecuencia: (i) no es necesaria la inclusión en el proyecto de fusión de las menciones determinadas en el citado artículo 49; (ii) no son exigibles los informes de administradores y expertos sobre el Proyecto de Fusión; (iii) no procede aumentar el capital social de la Sociedad Absorbente; y (iv) no es necesario la aprobación de la Fusión por la Junta General de la sociedad absorbida.

Las cuentas utilizadas para establecer las condiciones de la fusión, concretamente los balances de fusión de las sociedades son los cerrados a 31 de diciembre de 2020, formulados por ambos Órganos de Administración de la sociedad absorbente y absorbida, el día 31 de marzo de 2021, y aprobados por el socio único de la sociedad absorbente y el accionista único de la sociedad absorbida el 30 de junio de 2021.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de las sociedades absorbente y absorbida, de obtener, de forma gratuita, el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados por las Sociedades, de los balances de fusión y del proyecto de fusión, los cuales se encuentran a su disposición en el domicilio social de las sociedades.

Asimismo, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades de oponerse a la fusión, durante el plazo de un mes desde la fecha de publicación del último anuncio de fusión, en los términos señalados en el artículo 44 de la Ley Modificaciones Estructurales.

Para el ejercicio de los derechos referidos, las comunicaciones deberán dirigirse a la siguiente dirección: Valor Forestal, Sociedad Limitada Unipersonal/Valor Forestal I, Sociedad Anónima Unipersonal, Avenida de la Academia General Militar, número 52, Zaragoza, a la atención del Administrador Único de la sociedad.

Zaragoza, 26 de octubre de 2021.- El Administrador único de Valor Forestal, Sociedad Limitada Unipersonal, y Valor Forestal I, Sociedad Anónima Unipersonal, Jorge Samper Rivas.

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