De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME"), se hace público que el socio único de MRE-III-Proyecto Catorce, S.L.U. ("Sociedad Absorbente"), y la Junta general extraordinaria y universal de socios de MRE-III-Proyecto Quince, S.L. ("Sociedad Absorbida"), por unanimidad, han aprobado, en fecha 9 de noviembre de 2021, la fusión por absorción de MRE-III-Proyecto Quince, S.L., por parte de MRE-III-Proyecto Catorce, S.L.U.
La fusión implica la transmisión en bloque del patrimonio de la Sociedad Absorbida a la Sociedad Absorbente, la atribución de las participaciones sociales de la Sociedad Absorbente a los socios de la Sociedad Absorbida, en proporción a su participación social en el capital de ésta, y la disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida, circunstancia que conllevará la extinción de la misma, todo ello de conformidad con el procedimiento previsto en los artículos 42 y 49 de la LME, por remisión del artículo 52.1 de la misma norma.
A los efectos de lo establecido en los artículos 43 y concordantes de la LME, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de la Sociedad Absorbente y de la Sociedad Absorbida de obtener el texto íntegro de los acuerdos y decisiones de fusión adoptados, así como los respectivos balances de fusión.
Se informa igualmente a los señores acreedores de la Sociedad Absorbente y de la Sociedad Absorbida de su derecho a oponerse a la fusión en el plazo y términos previstos en el artículo 44 de la LME.
Barcelona, 9 de noviembre de 2021.- El Administrador único de MRE-III-Proyecto Catorce, S.L.U., y de MRE-III-Proyecto Quince, S.L., Adalberto Cordoncillo Antón.
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