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Documento BORME-C-2021-7438

CANACUR, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 217, páginas 8987 a 8988 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
CONVOCATORIAS DE JUNTAS
Referencia:
BORME-C-2021-7438

TEXTO

El Administrador único de la sociedad Canacur, S.A., convoca Junta General Extraordinaria de Accionistas a celebrar en el Hotel Chamartín, sito en Madrid Avda. Pío XII-Estación de Chamartín, s/n, planta 1.ª, a las diecisiete horas y treinta minutos del día 16 de diciembre de 2021. En el caso de que no pudiera celebrarse válidamente, en primera convocatoria, por no alcanzarse el quórum necesario para ello, en este anuncio se convoca para el día siguiente, en segunda convocatoria en el mismo lugar y hora, para tratar los siguientes puntos del

Orden del día

Primero.- Examen y aprobación, en su caso, de la reducción de capital social a cero euros (0 €), mediante la amortización de la totalidad de las acciones de la sociedad para compensar pérdidas y con la finalidad de restablecer el equilibrio entre el capital social y el patrimonio neto de la sociedad, y simultánea ampliación del capital social hasta la cifra de 10.000 euros, mediante la emisión de 10.000 nuevas acciones, iguales, indivisibles y acumulables, de 1 euro de valor nominal cada una de ellas, numeradas correlativamente de la 1 a la 10.000, ambos inclusive, con una prima de emisión de ciento cinco euros (105 €) por acción, y autorizándose la suscripción parcial o incompleta de conformidad con el artículo 311 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital (LSC), adoptando los acuerdos complementarios pertinentes, entre ellos, la aprobación del balance verificado que sirva de base a la operación, así como la modificación y, en su caso, nueva redacción del artículo 6 de los Estatutos Sociales a fin de adecuar la redacción a la nueva cifra del capital social. El importe del aumento de capital será satisfecho mediante compensación de créditos al amparo de lo establecido en el artículo 301 de la LSC y mediante aportaciones dinerarias.

Segundo.- Fijación de las condiciones de suscripción y desembolso, respetando el derecho de suscripción preferente de los actuales accionistas, que éstos podrán ejercitar directamente en la propia Junta o dentro del mes siguiente a su celebración. El importe del nominal suscrito y la prima de emisión deberá ser desembolsado con la suscripción. Se hace expresamente constar que el accionista que no acuda a la ampliación de capital perderá la condición de socio.

Tercero.- Delegación de facultades, en su caso, a los efectos de ejecución de los acuerdos adoptados, para la ejecución del acuerdo de ampliación de capital que se adopte en los términos resultantes de la efectiva suscripción y desembolso, aun cuando estos no constituyan la totalidad del importe inicialmente propuesto, así como para dar la redacción definitiva al artículo 6 de los Estatutos sociales que reflejará en su redacción y contenido el aumento de capital en las suscripciones efectivamente suscritas y desembolsadas y posible subsanación de cualquier defecto que pudiera exigir la inscripción de estos acuerdos.

Intervención de Notario en la Junta. El acta de la reunión de la Junta General Extraordinaria será extendida por un Notario requerido al efecto por el Administrador, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 203 de la LSC. Derecho de información. En virtud de lo dispuesto en los artículos 197 y 272.2 de la LSC, los accionistas podrán solicitar al Administrador, acerca de los asuntos contenidos en el anterior orden del día, las informaciones o aclaraciones que estimen precisas, o formular por escrito las preguntas que estimen pertinentes hasta el séptimo día anterior al previsto para la celebración de la Junta, información que les deberá ser facilitada por escrito hasta el día de la celebración de la Junta. También podrán solicitar verbalmente informaciones o aclaraciones sobre los mismos asuntos durante la celebración de la Junta, que les serán facilitadas en el mismo acto o, de no ser posible, dentro de los siete días siguientes a la terminación de la Junta. Igualmente, a partir de la convocatoria de la junta general, cualquier socio podrá obtener de la sociedad, de forma inmediata y gratuita, los documentos que han de ser sometidos a la aprobación de la Junta, y especialmente el informe del administrador y el informe especial del auditor de cuentas previstos en el artículo 301 de la LSC.

Madrid, 3 de noviembre de 2021.- El Administrador único, José Luis Fuertes Suárez.

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