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Documento BORME-C-2021-7481

TRASLADAMA, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
INVERGRANDE, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 217, páginas 9033 a 9033 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2021-7481

TEXTO

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (LME), se anuncia que la Junta general y universal de socios de Trasladama, S.L., por unanimidad, y el socio único de Invergrande, S.L.U., han acordado, con fecha 29 de octubre de 2021, la fusión por absorción de Invergrande, S.L.U. (Sociedad Absorbida), por Trasladama, S.L. (Sociedad Absorbente).

El acuerdo de fusión ha sido adoptado ajustándose estrictamente al proyecto común de fusión redactado y suscrito por todos los administradores de las sociedades intervinientes con fecha 29 de octubre de 2021.

De conformidad con el artículo 42 LME, habiéndose aprobado el acuerdo de fusión por absorción en la sociedad absorbente en junta universal y por unanimidad; y por el socio único en la sociedad absorbida, el acuerdo de fusión se ha adoptado sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la ley y sin informe de los administradores sobre el proyecto común de fusión. Se hace constar que la sociedad absorbida está íntegramente participada por la sociedad absorbente, por lo que a esta fusión le resulta de aplicación el artículo 49.1 LME.

Se hace constar el derecho que asiste a todos los socios y acreedores a obtener el texto íntegro de las decisiones adoptadas y los balances de fusión, así como el derecho de los socios y representantes de los trabajadores que así lo soliciten por cualquier medio admitido en Derecho al examen en el domicilio social de copia íntegra de los documentos relacionados con la fusión, así como a la entrega o al envío gratuitos de un ejemplar de cada uno de ellos, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 39 y 43 LME.

También se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades intervinientes de oponerse a la fusión, durante el plazo de un mes contado desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo por el que se aprueba la fusión, en los términos señalados en el artículo 44 LME.

Pozuelo de Alarcón, 1 de noviembre de 2021.- El Administrador único de Trasladama, S.L., y de Invergrande, S.L.U., Antonio Delgado Zornoza.

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