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Documento BORME-C-2021-7662

NUEVO HOGAR, S.A.
(SOCIEDAD TRANSFORMADA Y ABSORBENTE)
ESTRATEGIAS DE COMPRAS, S.A.
(SOCIEDAD TRANSFORMADA Y ABSORBIDA)
COMPRANOVA, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 220, páginas 9237 a 9237 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2021-7662

TEXTO

De conformidad con el artículo 14 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (LME), se hace público que, con fecha 15 de noviembre de 2021, las Juntas Generales Extraordinarias y Universales de accionistas de "NUEVO HOGAR, S.A." y "ESTRATEGIAS DE COMPRAS, S.A." han acordado, respectivamente y por unanimidad, la transformación de dichas sociedades en sociedades de responsabilidad limitada, aprobándose asimismo los correspondientes balances de transformación, la sustitución de acciones por participaciones y los nuevos estatutos sociales. Fruto de la transformación, las sociedades girarán con la denominación "NUEVO HOGAR, S.L." y "ESTRATEGIAS DE COMPRAS, S.L."

Asimismo, de acuerdo con el artículo 43 LME se hace público que, en las Juntas referidas anteriormente, así como en la Junta General Extraordinaria y Universal de socios de "COMPRANOVA, S.L." celebrada en el mismo día, se han aprobado, respectivamente y por unanimidad, la fusión de dichas sociedades mediante la absorción de "ESTRATEGIAS DE COMPRAS, S.A. (ahora S.L.)" y "COMPRANOVA, S.L." (sociedades absorbidas) por "NUEVO HOGAR, S.A. (ahora S.L.)" (sociedad absorbente), con la consiguiente transmisión en bloque del patrimonio de las sociedades absorbidas a la sociedad absorbente, y la adquisición por ésta, a título universal, de todos los derechos y obligaciones de las sociedades absorbidas, lo que implicará su disolución sin liquidación, y consiguiente extinción. Asimismo, se hace constar que la fusión se ha adoptado mediante acuerdo unánime en sendas juntas universales según lo previsto en el artículo 42 LME, por lo que los acuerdos de fusión se otorgaron sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la LME y sin informe de los administradores sobre el proyecto.

Respecto a la transformación, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de la sociedad a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y el balance de la sociedad y el derecho de los acreedores de la sociedad a impugnar la misma, en los términos establecidos en el artículo 20 LME, durante el plazo de tres meses desde la inscripción del acuerdo.

Respecto de la fusión, conforme al artículo 43 LME, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de cada una de las sociedades intervinientes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados, así como los respectivos balances de fusión. Se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades intervinientes en la fusión de su derecho a oponerse a la misma en el plazo y términos previstos en el artículo 44 LME.

Dos Hermanas, 16 de noviembre de 2021.- Marcos A. Prieto Girón, Presidente del Consejo de Admón. de Nuevo Hogar, S.A.; Jesús A. Prieto Girón, Presidente del Consejo de Admón. de Estrategias de Compras, S.A., y ambos Administradores solidarios de Compranova, S.L.

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