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Documento BORME-C-2021-7693

GESTIÓN DE INVERSIONES RIMUSA, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
INVERSIONES INMOBILIARIAS LAUPABE, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 221, páginas 9272 a 9272 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2021-7693

TEXTO

Las Juntas Generales Extraordinarias y Universales de Socios de Gestión de Inversiones Rimusa, S.L. (NIF B-20726360), y de Inversiones Inmobiliarias Laupabe, S.L.U. (NIF: B-20639779), con fecha 15 de octubre de 2021, han aprobado por unanimidad la fusión por absorción de Inversiones Inmobiliarias Laupabe, S.L.U., como Sociedad absorbida, con extinción por disolución sin liquidación y transmisión en bloque de su patrimonio en favor de Gestión de Inversiones Rimusa, S.L., como Sociedad absorbente, que adquiere por sucesión universal, los derechos y obligaciones de la sociedad absorbida.

Por tratarse de una fusión de sociedades íntegra y directamente participada por la absorbente, es de aplicación el artículo 49 de la Ley sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, no procediendo relación de canje ni los informes de expertos independientes y del Órgano de Administración sobre el proyecto de fusión, ni aumento de capital y aprobación de la fusión por la sociedad absorbida. Asimismo, por haberse acordado la fusión conforme al artículo 42 de la mencionada Ley, no resulta precisa la publicación o depósito de los documentos exigidos por la ley ni el informe de los administradores sobre el proyecto de fusión, respetándose, en su caso, los derechos de información expresamente recogidos en dicho artículo 42.

Se hace constar el derecho de todos los socios y acreedores de las sociedades que participan en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y el balance de fusión, así como el derecho de los acreedores (cuyo crédito haya nacido con anterioridad a la fecha de publicación del acuerdo de fusión) durante el plazo de un mes, a contar desde la publicación del último anuncio del acuerdo por el que se aprueba la fusión, a oponerse a la fusión en los términos previstos en el art. 44 de la Ley sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles.

Hondarribia, 18 de octubre de 2021.- El Administrador único, Ricardo Muguerza Uralde.

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