Está Vd. en

Documento BORME-C-2021-7700

PLAZA ESTACIÓN COMPLUTENSE, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
RONDA FISCAL, S.L.U.
EDIFRIZE, S.L.U.
POZUELO CENTER, S.L.U.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 221, páginas 9281 a 9282 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2021-7700

TEXTO

Anuncio de Fusión por Absorción.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 42, 43, 49 y 52 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LME"), se hace público que con fecha 30 de septiembre de 2021, la Junta General Extraordinaria y Universal de Socios de la entidad PLAZA ESTACIÓN COMPLUTENSE, S.L. (Sociedad Absorbente), aprobó, por unanimidad, la Fusión especial por absorción de RONDA FISCAL, S.L.U.; EDIFRIZE, S.L.U.; y POZUELO CENTER, S.L.U., como Sociedades Absorbidas, íntegramente participadas por la Sociedad Absorbente de forma directa en cuanto a las Absorbidas RONDA FISCAL, S.L.U.; y EDIFRIZE, S.L.U.; y de forma indirecta en cuanto a la Absorbida POZUELO CENTER, S.L.U., todo ello en los términos establecidos en el Proyecto Común de Fusión de 30 de junio de 2021.

Como consecuencia de la Fusión, se disuelven sin liquidación las Sociedades Absorbidas, y se produce la transmisión en bloque de todo su patrimonio social a la Sociedad Absorbente, la cual adquiere por sucesión universal todos los derechos y obligaciones de las Sociedades Absorbidas.

Puesto que todas las sociedades a fusionar son sociedades de responsabilidad limitada, el acuerdo de fusión ha sido adoptado en Junta Universal y de forma unánime, y todas las Sociedades Absorbidas se hallan íntegramente participadas por la Sociedad Absorbente de forma directa e indirecta, (i) no se requiere aumentar el capital social en la Sociedad Absorbente y resultante de la fusión; (ii) la fusión se ha acordado sin necesidad de publicar ni depositar los documentos exigidos por la Ley; y (iii) no se han requerido informe de administradores ni de expertos independientes sobre el Proyecto de Fusión; todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 49 y 52 LME.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de cada una de las sociedades a fusionar, de solicitar y obtener: (i) el texto íntegro de los acuerdos adoptados; (ii) el contenido del Proyecto Común de Fusión; y (iii) el contenido de los respectivos balances de fusión, los cuales han sido cerrados dentro de los seis meses anteriores a la fecha del Proyecto Común de Fusión. Igualmente, se hace constar el derecho de los acreedores a oponerse a la citada fusión, en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley de Modificaciones Estructurales.

Madrid, 30 de septiembre de 2021.- Los Administradores solidarios de la Sociedad Absorbente Plaza Estación Complutense, S.L., Miguel Ángel Galán Peláez y Juan Manuel López Linares del Campo.- Los Administradores solidarios de las Sociedades Absorbidas Ronda Fiscal, S.L.U., y Pozuelo Center, S.L.U., Miguel Ángel Galán Peláez y Juan Manuel López Linares del Campo.- Los Administradores solidarios de la Sociedad Absorbida Edifrize, S.L.U., la mercantil Frize Promotores, S.L., por medio de su representante persona física Juan Manuel López Linares del Campo, y la mercantil Cervantes Técnicas de Promociones y Construcciones, S.L., por medio de su representante persona física, Miguel Ángel Galán Peláez.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid