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Documento BORME-C-2021-7758

HYPERION MATERIALS & TECHNOLOGIES SPAIN, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
SNOWBIRD HOLDINGS (SPAIN), S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 222, páginas 9347 a 9347 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2021-7758

TEXTO

Anuncio de fusión por absorción.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles (la "LME"), se hace público que el 18 de noviembre de 2021, el Socio único de la sociedad HYPERION MATERIALS & TECHNOLOGIES SPAIN, S.L.U. (sociedad absorbente), y el Socio único de SNOWBIRD HOLDINGS (SPAIN), S.L.U. (sociedad absorbida), adoptaron la decisión de la fusión por absorción de SNOWBIRD HOLDINGS (SPAIN), S.L.U., por parte de HYPERION MATERIALS & TECHNOLOGIES SPAIN, S.L.U., con la entera transmisión en bloque del patrimonio social de la sociedad absorbida, que se extinguirá, mediante disolución sin liquidación, y consiguiente sucesión universal de sus derechos y obligaciones por la sociedad absorbente, todo ello en los términos y condiciones previstos en el proyecto común de fusión suscrito el día 30 de junio de 2021, por los órganos de administración de las sociedades participantes en la fusión, que fue aprobado por el Socio único de la sociedad absorbente y por el Socio único de la sociedad absorbida.

La fusión tiene carácter de inversa, por cuanto que se trata de una fusión por absorción donde la sociedad absorbida es titular, de forma directa, de la totalidad de las participaciones sociales en las que se divide el capital social de la sociedad absorbente y, de acuerdo con lo establecido en los artículos 52 y 49 de la LME, no procede establecer tipo de canje de las participaciones, ni ampliar capital social de la sociedad absorbente. No se producirá, como consecuencia de la fusión, modificación estatutaria en la sociedad absorbente.

De conformidad con lo previsto en los artículos 43 y 44 de la LME, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión en el domicilio social de las mismas, así como el derecho de oposición que asiste a los acreedores de las sociedades, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio del acuerdo de fusión.

Barcelona, 18 de noviembre de 2021.- El Secretario no Consejero del Consejo de Administración de la sociedad absorbente, Brian Rusell Coate.

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