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Documento BORME-C-2021-7826

LAKARRA INVERSIONES, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
YRI MULTIMEDIA COMUNICACION, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 223, páginas 9425 a 9425 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2021-7826

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que con fecha de 30 de junio de 2021, las Sociedades LAKARRA INVERSIONES, S.L.U., con CIF B 31 878531 (Sociedad Absorbente) e YRI MULTIMEDIA COMUNICACION, S.L.U., con CIF B31 910185 (Sociedad Absorbida), celebraron cada una de ellas Junta General Universal, en las que, por unanimidad, se aprobó la fusión por absorción de YRI MULTIMEDIA COMUNICACION, S.L.U., por parte de LAKARRA INVERSIONES, S.L.U., con disolución sin liquidación de la sociedad absorbida, y adquisición por sucesión universal de su patrimonio por la sociedad absorbente.

El acuerdo de fusión ha sido adoptado conforme al proyecto común de fusión suscrito en fecha de 30 de mayo de 2021 por los respectivos órganos de administración de las sociedades intervinientes en la fusión. El acuerdo de fusión ha sido aprobado, en cada una de las sociedades que participan en la fusión en Junta Universal y por unanimidad de todos los socios, según prevé el artículo 42 de la LME, habiéndose aprobado igualmente los balances específicos de dichas sociedades cerrados a 31 de diciembre de 2020, por lo que no es necesario la publicación o el depósito previo del proyecto común de fusión, ni el informe de los Administradores sobre dicho proyecto.

De conformidad con lo establecido en el artículo 43 de la LME, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de fusión, en el domicilio social de las mismas, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores de las sociedades que se fusionaran por plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión, todo ello según lo previsto en los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009.

Tudela, 1 de noviembre de 2021.- Administrador único, Mariano Navarro Lacarra.

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