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Documento BORME-C-2021-7942

BODEGA BURDIGALA, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
BODEGA EL ALBAR LURTON, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 225, páginas 9551 a 9551 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2021-7942

TEXTO

Anuncio de Fusión Inversa por Absorción.

De conformidad con lo previsto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante, "LME"), se hace público que, el día 15 de noviembre de 2021, la socia única de BODEGA BURDIGALA, S.L.U (Sociedad Absorbente) y la Junta General Extraordinaria Universal de Socios de BODEGA EL ALBAR LURTON, S.L. (Sociedad Absorbida), acordaron la fusión inversa por absorción de esta última por parte de la sociedad BODEGA BURDIGALA, S.L.U (Sociedad Absorbente), con la transmisión a título universal del patrimonio social de la Sociedad Absorbida, que se extinguirá, mediante disolución sin liquidación, y consiguiente sucesión universal de sus derechos y obligaciones por la Sociedad Absorbente, todo ello de conformidad con el Proyecto Común de Fusión suscrito en fecha 4 de octubre de 2021, por los órganos de administración de las sociedades participantes en la fusión, que fue aprobada por unanimidad por los socios de ambas sociedades intervinientes.

La fusión tiene carácter de inversa por cuanto la Sociedad Absorbida es titular de forma directa de la totalidad de las participaciones en las que se divide el capital social de la Sociedad Absorbente y, de acuerdo con lo que dispone el artículo 49 por remisión del articulo 52.1 LME, (i) no procede incluir en el proyecto de fusión las menciones 2ª, 6ª, 9ª y 10ª del articulo 31 LME (ii) no procede establecer tipo de canje de las participaciones sociales, (iii) ni ampliar el capital social de la Sociedad Absorbente, (iv) ni proceder a elaborar los informes de los administradores y expertos independientes del proyecto común de fusión impropia. Asimismo, se hace constar que no se producirá ninguna modificación estatutaria en la Sociedad Absorbente.

La fusión inversa se realiza conforme al procedimiento de acuerdo unánime de fusión regulado en el artículo 42 LME, por tanto, se hace constar que no es preceptivo el depósito previo del proyecto común de fusión en el Registro Mercantil, ni la elaboración del informe de administradores sobre aquél.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados, así como de los respectivos balances de fusión y del derecho de los acreedores a oponerse a la fusión en los términos y con los efectos legalmente previstos, en el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de fusión, todo ello de conformidad con lo previsto en los artículos 43 y 44 de la LME.

La Seca (Valladolid), 19 de noviembre de 2021.- El Administrador único de Bodega Burdigala, S.L.U. (Sociedad Absorbente) y también como Administrador único de Bodega El Albar Lurton, S.L. (Sociedad Absorbida), François Jean Jacques Marie Lurton.

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