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Documento BORME-C-2021-7960

INELCOM INGENIERÍA ELECTRÓNICA COMERCIAL, S.A.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
NUEVA INELCOM POSTVENTA, S.L.
INELCOM OPERACIONES TÉCNICAS, S.L.
CEATAL, S.L.
INELCOM TECHNOLOGY, S.L.
GRUPO EMPRESARIAL INELCOM, S.L.
INELCOM GESTIÓN EMPRESAS, S.L.
VIQUIMO INVERSIONES, S.L.
(SOCIEDADES BENEFICIARIAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 225, páginas 9569 a 9570 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2021-7960

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (la "LME"), se comunica que las Juntas Generales Extraordinarias, celebradas el día 19 de noviembre de 2021, de las siguientes sociedades: Inelcom Ingeniería Electrónica Comercial, S.A.; Nueva Inelcom Postventa, S.L.; Inelcom Operaciones Técnicas, S.L.; CEATAL, S.L.; Inelcom Technology, S.L.; Grupo Empresarial Inelcom, S.L.; Inelcom Gestión Empresas, S.L.; y Viquimo Inversiones, S.L., acordaron por unanimidad de todos los socios la escisión total de Inelcom Ingeniería Electrónica Comercial, S.A., con extinción de esta, vía disolución sin liquidación, la transmisión en bloque y por sucesión universal de su patrimonio (la "Escisión Total") a las siguientes sociedades existentes: Nueva Inelcom Postventa, S.L.; Inelcom Operaciones Técnicas, S.L.; CEATAL, S.L.; Inelcom Technology, S.L.; Grupo Empresarial Inelcom, S.L.; Inelcom Gestión Empresas, S.L.; y Viquimo Inversiones, S.L. como sociedades beneficiarias (las "Sociedades Beneficiarias"), quedando las Sociedades Beneficiarias subrogadas en todos los derechos y obligaciones de la sociedad escindida.

Tal y como consta en el proyecto de escisión, la Escisión Total se acoge a las dispensas establecidas en los artículos 42, 49 y siguientes (a los cuales remiten los artículos 52 y 73), todos ellos de la LME.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 43 de la LME, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de Inelcom Ingeniería Electrónica Comercial, S.A. y de las Sociedades Beneficiarias de obtener el texto íntegro del proyecto de escisión y de los balances de escisión, los cuales se encuentran a su disposición en los respectivos domicilios sociales.

Asimismo, se hace constar el derecho que asiste a todos los acreedores y obligacionistas de Inelcom Ingeniería Electrónica Comercial, S.A. y de las Sociedades Beneficiarias de oponerse a la Escisión Total durante el plazo de un mes desde la fecha de publicación del último anuncio de escisión, en los términos señalados en el artículo 44 de la LME.

Finalmente, se hace constar la puesta a disposición de los trabajadores para su examen en el domicilio social o la entrega, a su solicitud, de los documentos a los que hace referencia el artículo 39 de la LME, siempre que hayan tenido que ser preparados o emitidos en relación con la Escisión Total.

Xàtiva, 19 de noviembre de 2021.- El Administrador único de Inelcom Ingeniería Electrónica Comercial, S.A., Inelcom Operaciones Técnicas, S.L., Inelcom Technology, S.L.,Inelcom Gestión Empresas, S.L., Nueva Inelcom Postventa, S.L., CEATAL, S.L., Grupo Empresarial Inelcom, S.L. y el administrador único de Viquimo Inversiones, S.L., Don Vicente Quilis Moscardo y Don Javier Quilis García.

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