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Documento BORME-C-2021-8006

TELE ELDA, S.A.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
INTERFIBRA TELECOMUNICACIONES, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 226, páginas 9618 a 9618 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2021-8006

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (la "LME"), se hace público que el día 15 de noviembre de 2021 el accionista único de la sociedad Tele Elda, S.A.U., con domicilio social en la plaza Sagasta, 8, 03600, Elda, Alicante (España) y con NIF A-03704343 (la "Sociedad Absorbente") aprobó la fusión por absorción de su sociedad filial íntegramente participada Interfibra Telecomunicaciones, S.L.U., con domicilio social en la calle España, 43, bajo, 30510 Yecla, Murcia (España) y con NIF B-30288492 (la "Sociedad Absorbida") en los términos del proyecto común de fusión (el "Proyecto Común de Fusión") suscrito por los administradores de la Sociedad Absorbente y de la Sociedad Absorbida con fecha 30 de junio de 2021 (la "Fusión")

Teniendo en cuenta que la Sociedad Absorbida es filial íntegramente participada de la Sociedad Absorbente y, por consiguiente, ésta última titular de todas las participaciones representativas de su capital social, resulta de aplicación el régimen simplificado previsto en el artículo 49.1 de la LME.

Como resultado de la Fusión, la Sociedad Absorbida quedará extinguida mediante su disolución sin liquidación y todos sus activos y pasivos serán adquiridos por la Sociedad Absorbente mediante su traspaso en bloque y por sucesión universal, todo ello en los términos y condiciones previstos en el Proyecto Común de Fusión

Los balances de Fusión aprobados a efectos de lo previsto en los artículos 36 y 37 de la LME son: (i) por parte de la Sociedad Absorbente, el balance de situación auditado de la Sociedad Absorbente correspondiente al ejercicio social cerrado a fecha 31 de diciembre de 2020; y (ii) por parte de la Sociedad Absorbida, el balance de situación auditado de la Sociedad Absorbida cerrado a fecha 31 de diciembre de 2020.

En virtud de lo anterior, y de conformidad con lo dispuesto en la legislación aplicable, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades participantes en la Fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de Fusión, que se encuentran a su disposición en el domicilio social de las mismas, así como el derecho de oposición que durante el plazo de un mes contado desde la fecha de publicación del último anuncio de los acuerdos de Fusión corresponde a los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan de conformidad con lo previsto en la normativa aplicable (incluyendo a dichos efectos, lo previsto en los artículos 44 y concordantes de la LME). Los acreedores cuyos créditos se encuentren ya suficientemente garantizados no tendrán derecho de oposición. Los obligacionistas podrán ejercer el derecho de oposición en los mismos términos que los restantes acreedores.

Madrid, 15 de noviembre de 2021.- Administrador único, En ambos casos la sociedad Grupo Satrina, S.L., debidamente representada por Beatriz Miralles Cremades.

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