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Documento BORME-C-2021-8013

INTERNATIONAL ADVANCED SURGERY BARCELONA, S.L.P.
(SOCIEDAD SEGREGADA)
QUENET TORRENT INSTITUTE, S.L.U.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 226, páginas 9625 a 9625 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2021-8013

TEXTO

Anuncio de Acuerdo de Segregación

De conformidad con los artículos 43 y 73 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las sociedades mercantiles (la "LME"), se hace público que con fecha 1 de octubre de 2021, la Junta General Extraordinaria y Universal de International Advanced Surgery Barcelona, S.L.P. (la "Sociedad Segregada") acordó, por unanimidad, una operación de segregación de la misma, consistente en el traspaso en bloque, por sucesión universal, de una parte del patrimonio de la Sociedad Segregada (en concreto, de la unidad económica relativa a la actividad empresarial de la prestación de servicios de mediación o intermediación relacionadas con las consultas y tratamiento de las patologías oncológicas digestivas y ginecológicas con pacientes privados) a una sociedad de responsabilidad limitada de nueva constitución que tendrá la denominación social de "Quenet Torrent Institute, S.L.U." (la "Sociedad Beneficiaria"), recibiendo a cambio la Sociedad Segregada la totalidad de las participaciones sociales en las que se dividirá el capital social de la Sociedad Beneficiaria, y sin que la Sociedad Segregada tenga que reducir ni su capital social ni sus reservas por la ejecución de la operación (la "Segregación").

Se hace constar que el acuerdo de Segregación ha sido adoptado conforme al Proyecto de Segregación redactado por el Administrador Único de la Sociedad Segregada con fecha 30 de septiembre de 2021 (el "Proyecto de Segregación"). Del mismo modo, habiendo sido acordada la Segregación por unanimidad en una Junta General Extraordinaria y Universal de la Sociedad Segregada y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 42 y 73 de la LME, se hace constar que no ha resultado preciso publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la ley y, en particular, el Proyecto de Segregación.

Conforme a lo establecido en el artículo 43 de la LME (por remisión de lo dispuesto en el artículo 73 de dicho texto legal), se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de la Sociedad Segregada a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y, en su caso, el del resto de documentación en dicho artículo detallada.

Durante el plazo de un mes, a computar desde la publicación del último anuncio del acuerdo de Segregación, los acreedores de la Sociedad Segregada podrán oponerse a la segregación en los términos previstos en el artículo 44 de la LME, por remisión de lo dispuesto en el artículo 73 de dicho texto legal.

Barcelona, 23 de noviembre de 2021.- El Administrador Único de International Advanced Surgery Barcelona, S.L.P., Don Juan José Torrent Correa.

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