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Documento BORME-C-2021-8140

TERA TECNOLOGIES, S.L.U.

Publicado en:
«BORME» núm. 228, páginas 9769 a 9769 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2021-8140

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 98 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (la "LME"), y sin perjuicio de que por tratarse de una sociedad unipersonal no proceda anuncio de convocatoria de junta general de socios, se informa de que, en fecha 28 de octubre de 2021, por parte del administrador único de la sociedad "Tera Tecnologies, S.L.U.", inscrita en el Registro Mercantil de Valencia al Tomo 9923, folio 61, hoja V-163943 (la "Sociedad"), se ha redactado y suscrito tanto un proyecto de traslado internacional del domicilio social de la Sociedad (el "Proyecto de Traslado"), que ha sido depositado en el Registro Mercantil de Valencia en fecha 15 de noviembre de 2021; así como el correspondiente informe sobre el Proyecto de Traslado (el "Informe") al que se refiere el artículo 96 de la LME.

Asimismo se informa de que la Sociedad tiene intención de trasladar su domicilio social a Italia, y a los efectos del artículo 98.2 de la LME se hace constar que: (i) el domicilio actual de la Sociedad está ubicado en la Calle Amado Granell Mesado, número 75, 5-M, Valencia, Código Postal 46013 (Valencia), España; (ii) el domicilio social en el extranjero al que pretende trasladarse la Sociedad se encuentra en Roma (Italia), Viale delle Milizie, 34; (iii) tanto el socio único de la Sociedad, como los acreedores de esta última, tienen el derecho a examinar en el domicilio social el Proyecto de Traslado y el Informe, así como el derecho a obtener gratuitamente, si así lo solicitaren, copia de dichos documentos.

Teniendo en cuenta que la totalidad del capital social de la Sociedad es titularidad del socio único, no se prevé la posibilidad de que se ejerza por éste el derecho de separación que de normal correspondería, conforme al artículo 99 de la LME, a aquellos socios que votasen en contra del traslado internacional del domicilio social de la Sociedad.

Finalmente, y conforme a lo previsto en el artículo 100 de la LME y, por remisión de éste, al artículo 44 del mismo texto legal, se informa que los acreedores de la Sociedad cuyos créditos hubiesen nacido antes de la fecha de la publicación del depósito del Proyecto de Traslado y los mismos no se encontraran ya suficientemente garantizados, tendrán derecho a oponerse al traslado internacional del domicilio social de la Sociedad, hasta que se garanticen sus créditos, en el plazo de un (1) mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio de la decisión de traslado adoptada por el socio único de la Sociedad.

En Valencia, 25 de noviembre de 2021.- El Administrador único de "Tera Tecnologies, S.L.U.", Sergio Lo Prato.

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