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Documento BORME-C-2021-8165

SUPER-MARESME, S.L. (SOCIEDAD ABSORBENTE)
INVERSIONES Y PROMOCIONES CARRFER, S.L.
INVERSIONES Y PROMOCIONES FERRER SOLDEVILA, S.L.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 229, páginas 9794 a 9794 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2021-8165

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante "LME"), se hace público que la Junta General de Socios de la Sociedad Absorbente Super-Maresme, S.L. (en adelante, "Super-Maresme") y la Junta General de Socios de la Sociedad Absorbida Inversiones y Promociones Carrfer, S.L. (en lo sucesivo, "Carrfer") e la otra Sociedad Absorbida Inversiones Y Promociones Ferrer Soldevila, S.L. (en adelante, "Ferrer Soldevila") han aprobado en fecha de 26 de noviembre de 2021, la fusión de las sociedades Super-Maresme, Carrfer y Ferrer Soldevila, mediante la absorción de las dos últimas por la primera.

A la presente fusión le resulta de aplicación el régimen normal de la fusión prevista en el artículo 31 de la LME, en la medida en que la operación aquí proyectada es una fusión no simplificada donde la sociedad absorbente y las sociedades absorbidas no están íntegramente participadas entre ellas ni participadas de forma directa por un mismo socio único. En consecuencia, la fusión entre Super-Maresme (sociedad absorbente), Carrfer (sociedad absorbida) y Ferrer Soldevila (sociedad absorbida) tendrá que seguir el proceso normal para fusiones no simplificadas.

Por otro lado, y de acuerdo con el artículo 42 de la LME, el acuerdo de fusión se ha adoptado sin publicar o depositar previamente en la web de las Sociedades o en su defecto, en el Registro Mercantil los documentos exigidos por la Ley y sin informe de administradores sobre el Proyecto común de Fusión, por haberse aprobado el acuerdo de fusión de forma unánime por todos los socios de ambas sociedades reunidos en Junta Universal tanto en la Sociedad absorbente como en las sociedades absorbidas.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la LME, se hace constar el derecho de los socios y acreedores de las sociedades participantes a obtener, en los domicilios sociales respectivos, el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados por la Junta General de Socios de la sociedad absorbente y por la Junta General de Socios de las sociedades absorbidas, y a obtener los respectivos balances de fusión cerrados a 31 de diciembre de 2020.

De acuerdo con el artículo 44 de la LME, los acreedores de las Sociedades partícipes en la fusión, cuyos créditos se encuentren en la situación que se describe en el apartado 2 del referido artículo 44 de la LME, podrán oponerse a la fusión durante el plazo de un mes a contar desde la publicación del último anuncio de los acuerdos por los que se aprueba la fusión, en los términos previstos en el citado artículo.

Barcelona, 26 de noviembre de 2021.- D. Alex Ferrer Klein Administrador solidario de Super-Maresme, S.L. y D.ª Elena Ferrer Gonzalez Administradora solidaria de Inversiones y Promociones Carrfer, S.L. e Inversiones y Promociones Ferrer Soldevila, S.L, .

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