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Documento BORME-C-2021-82

CENTRO MÉDICO MAESTRANZA, S.A.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
GRUPO CMLM BARAJAS, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 5, páginas 89 a 89 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2021-82

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el art. 43 y 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante, "LME"), se hace público que el día 29 de diciembre de 2020, la Junta General de accionistas de CENTRO MÉDICO MAESTRANZA, S.A. (sociedad absorbente), y el socio único de GRUPO CMLM BARAJAS, S.L. (sociedad absorbida), en ejercicio de las competencias propias de la Junta General Extraordinaria y Universal de Socios, han aprobado la fusión por absorción de la sociedad CENTRO MÉDICO MAESTRANZA, S.A. (sociedad absorbente), con GRUPO CMLM BARAJAS, S.L. (sociedad absorbida), sobre la base del proyecto común de fusión de fecha 30 de junio de 2020. La fusión implica la transmisión en bloque del patrimonio de la sociedad absorbida a la sociedad absorbente y la disolución sin liquidación de la sociedad absorbida, circunstancia que conllevará la extinción de la misma. Habiéndose aprobado asimismo los Balances de fusión de ambas compañías, cerrados a 31 de diciembre de 2019.

A los efectos anteriores se pone de manifiesto que a la presente fusión por absorción le resulta de aplicación el procedimiento simplificado previsto en el art. 49 de la LME.

El acuerdo de fusión ha sido adoptado en los términos establecidos en el Proyecto de Fusión suscrito por los órganos de administración de las sociedades intervinientes en la fusión, insertado en la página web de CENTRO MÉDICO MAESTRANZA, S.A., y depositado en el Registro Mercantil por GRUPO CMLM BARAJAS, S.L., todo ello en los términos establecidos en la LME. Se hace constar que CENTRO MÉDICO MAESTRANZA, S.A., es el socio único de GRUPO CMLM BARAJAS, S.L.

De conformidad con lo dispuesto en los arts. 43 y 44 de la LME, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades a fusionar, de solicitar y obtener el texto íntegro del acuerdo de fusión por absorción adoptado y los balances de fusión, así como el derecho a oponerse a la fusión por absorción con los efectos legalmente previstos en el artículo 44 LME en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de fusión por absorción.

Madrid, 29 de diciembre de 2020.- El Administrador único de "Grupo CMLM Barajas, S.L." (sociedad absorbida), Pablo Echevarne Santamaría.- El Consejero delegado de "Centro Médico Maestranza, S.A." (sociedad absorbente), Alfonso Echevarne Santamaría.

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