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Documento BORME-C-2022-1005

MADERAS SANTAELLA, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE Y SOCIEDAD ESCINDIDA
TRAS LA FUSIÓN)
ATANASIO SANTAELA ALMAGRO, S.L.
SAMADE, S.L.
MADERAS ROBLESA, S.L.
SANTAELLA NÚÑEZ, S.L.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)
FSN ACTIVOS INMOBILIARIOS, S.L.
APIOBA PROMOCIONES, S.L.
(SOCIEDADES DE NUEVA CREACIÓN RESULTANTES
DE LA ESCISIÓN)

Publicado en:
«BORME» núm. 54, páginas 1250 a 1250 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2022-1005

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 43 y 73 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante, LME), se hace público que el día 29 de diciembre de 2021, los socios de las citadas mercantiles acordaron llevar a cabo las siguientes operaciones de fusión por absorción y escisión parcial simultánea en unidad de acto:

1. La fusión por absorción de MADERAS SANTAELLA, S.L. (como sociedad absorbente), y ATANASIO SANTAELA ALMAGRO, S.L., SAMADE, S.L., MADERAS ROBLESA, S.L., SANTAELLA NÚÑEZ, S.L. (como sociedades absorbidas), mediante la disolución sin liquidación y el traspaso de todo su patrimonio social a la Sociedad absorbente, y

2. La posterior escisión parcial simultánea de MADERAS SANTAELLA, S.L., que traspasara parte de su patrimonio a dos entidades de nueva creación, que constituyen ramas de actividad, FSN ACTIVOS INMOBILIARIOS, S.L., y APIOBA PROMOCIONES, S.L.

Todo ello, de conformidad con el Proyecto Común de Fusión por Absorción y Escisión Parcial, de fecha 29 de junio de 2021, suscrito por todos y cada uno de los administradores de la sociedad Absorbente y Escindida, y Sociedades Absorbidas, y depositado en el Registro Mercantil de Málaga.

De conformidad con el artículo 43 LME, se hace constar el derecho de los socios y acreedores de todas las sociedades a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados, así como los balances de fusión y escisión, que se encuentran a su disposición en los respectivos domicilios sociales. Del mismo modo, se reconoce a los acreedores de ambas sociedades el derecho de oponerse a la fusión y/o escisión en los términos previstos en el artículo 44 LME, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión.

Málaga, 14 de marzo de 2022.- Los Administradores, Atanasio Santaella Núñez, Juan Carlos Santaella Núñez y Ana Cristina Santaella Núñez.

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