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Documento BORME-C-2022-1369

CAJA RURAL DE ALMENDRALEJO, SOCIEDAD COOPERATIVA DE CREDITO

Publicado en:
«BORME» núm. 68, páginas 1759 a 1759 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2022-1369

TEXTO

El Juzgado de lo Mercantil Número 1 de Badajoz

Edicto

En este órgano judicial se tramita Juicio Verbal 0000067/2019, se ha dictado sentencia de fecha 14 de enero de 2022 que es firme y su parte dispositiva dice:

Fallo:

Que debo estimar y estimo parcialmente la demanda interpuesta por el procurador Doña Esther Martín Castizo, en nombre y representación de Adicae, contra Caja Rural de Almendralejo, declarando la nulidad, por abusiva, de la cláusula quinta de los contratos de préstamos hipotecarios presentados, condición general de la contratación de la entidad demandada por la que impone el pago de la totalidad de los gastos ocasionados por la formalización de préstamo hipotecario o crédito con garantía hipotecaria al prestatario, así como a eliminar de sus condiciones generales de contratación la referida cláusula contractual, la condena de la demanda a publicar la sentencia, una vez firme, en el Borme, o en un periódico de mayor circulación de la provincia del domicilio social de la demandada, a su cargo, en el plazo de 15 días desde la notificación de la sentencia, y librar oficio para la inscripción de la sentencia en el Registro de Condiciones Generales de la Contratación, desestimando el resto de acciones ejercitadas.

Badajoz, 18 de marzo de 2022.- El Letrado de la Administración de Justicia, Miguel Angel Bote Fernández.

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