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Documento BORME-C-2022-1745

ALKORA E.B.S. CORREDURIA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A. (SOCIEDAD UNIPERSONAL)
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
ADARTIA GLOBAL CORREDURÍA DE SEGUROS, S.A. (SOCIEDAD UNIPERSONAL),
GABINETE EGIA CORREDURÍA DE SEGUROS, S.A. (SOCIEDAD UNIPERSONAL), Y
IBERSEGUROS CORREDURÍA DE SEGUROS, S.A. (SOCIEDAD UNIPERSONAL)
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 79, páginas 2218 a 2219 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2022-1745

TEXTO

Anuncio de acuerdo unánime de fusión

De conformidad con el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LME"), se hace público que el Accionista Único de la compañía ALKORA E.B.S. CORREDURIA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A. (Sociedad Unipersonal), como sociedad absorbente, ha acordado con fecha 25 de abril de 2022, la fusión por absorción de las sociedades ADARTIA GLOBAL Correduría de Seguros, S.A. (Sociedad Unipersonal), GABINETE EGIA Correduría de Seguros, S.A. (Sociedad Unipersonal), y IBERSEGUROS Correduría de Seguros, S.A. (Sociedad Unipersonal), como sociedades absorbidas, mediante la absorción por aquélla de éstas con disolución sin liquidación y transmisión en bloque, a título universal, de todo su patrimonio a la sociedad absorbente, que adquirirá por sucesión universal todos los derechos y obligaciones de las sociedad absorbidas.

El acuerdo de fusión se aprobó en los términos previstos en el proyecto común de fusión formulado y aprobado por el Consejo de Administración de "ALKORA E.B.S. CORREDURIA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A. (Sociedad Unipersonal) y por los respectivos Administradores Solidarios de ADARTIA GLOBAL Correduría de Seguros, S.A. (Sociedad Unipersonal), GABINETE EGIA Correduría de Seguros, S.A. (Sociedad Unipersonal), y IBERSEGUROS Correduría de Seguros, S.A. (Sociedad Unipersonal), con fecha 30 de marzo de 2022. Se han aprobado como balances de fusión, los cerrados a fecha 31 de diciembre de 2021 por las sociedades absorbente y absorbidas, los cuales fueron aprobados por los Accionistas Únicos respectivas con fecha 25 de abril de 2022.

De acuerdo a lo preceptuado en los artículos 42 y 49 de la LME, dado que en la sociedad absorbente se ha adoptado el acuerdo de fusión con carácter universal y unánime, dicho acuerdo se adopta sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley y sin informes de los administradores ni de expertos independientes sobre el proyecto de fusión.

Se hace constar, expresamente, el derecho que asiste a los accionistas únicos respectivos y acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho de oposición que asiste a los acreedores de las sociedades que se fusionan durante el plazo de un (1) mes, contado a partir de la publicación del último anuncio del acuerdo por el que se aprueba la fusión, todo ello según lo previsto en los artículos 43 y 44 de la LME.

Madrid, 25 de abril de 2022.- Don Julio de Santos Algar, en calidad de Consejero Delegado de la sociedad absorbente Alkora E.B.S. Correduría de Seguros y Reaseguros, S.A. (Sociedad Unipersonal), y de Administrador Solidario de las sociedades absorbidas, Adartia Global Correduría de Seguros, S.A. (Sociedad Unipersonal), Gabinete Egia Correduría de Seguros, S.A. (Sociedad Unipersonal), y Iberseguros Correduría de Seguros, S.A. (Sociedad Unipersonal).

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