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Documento BORME-C-2022-2037

VIAFINA CORREDURÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.L.U.
(SOCIEDAD PARCIALMENTE ESCINDIDA)
HISPAMAKLER GLOBAL SOLUTIONS, S.L.U.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 85, páginas 2558 a 2558 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2022-2037

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43, por remisión del artículo 73, todos ellos de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (la "Ley 3/2009") y demás disposiciones concordantes, se hace público que el 26 de abril de 2022 los socios únicos de VIAFINA CORREDURÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.L.U. (B-90045097) e HISPAMAKLER GLOBAL SOLUTIONS, S.L.U. (B-91723353) adoptaron las decisiones relativas a la aprobación de la escisión parcial financiera e inversa de VIAFINA CORREDURÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.L.U. mediante la segregación de cierta unidad económica de su patrimonio autónoma, distinta y diferenciada, constituida por la totalidad de las participaciones de su filial HISPAMAKLER GLOBAL SOLUTIONS, S.L.U. y su traspaso en bloque y por sucesión universal a la propia HISPAMAKLER GLOBAL SOLUTIONS, S.L.U., siendo la fecha de efectos contables de dicha escisión parcial el 1 de enero de 2022, todo ello conforme al proyecto de escisión formulado por el administrador único de la sociedad escindida y de la sociedad beneficiaria con fecha 26 de abril de 2022.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley 3/2009, no es necesaria la publicación o el depósito previo del proyecto de escisión dado que los acuerdos sociales relativos a la escisión parcial de VIAFINA CORREDURÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.L.U. fueron adoptados por los respectivos socios únicos de las sociedades que participan en la escisión. Igualmente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 78.bis de la Ley 3/2009, no es necesario el informe de los administradores sobre el proyecto de escisión ni el informe de expertos independientes.

Se advierte expresamente a los acreedores de la sociedad escindida, de su derecho a obtener gratuitamente el texto íntegro de las decisiones adoptadas y de los balances de escisión, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009.

Durante el plazo de un (1) mes contado a partir de la última publicación de este anuncio de escisión, los acreedores de la sociedad escindida podrán oponerse a la misma, en los términos dispuestos en el artículo 44 de la Ley 3/2009.

Sevilla, 26 de abril de 2022.- Administrador único de Viafina Correduría de Seguros y Reaseguros, S.L.U. y de Hispamakler Global Solutions, S.L.U, Gonzalo Camacho Murcia.

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