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Documento BORME-C-2022-2174

LUMBIER DE INVERSIONES, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
TREINTA MIL DIEZ, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL
CUMBRE DEL ISCONDISE, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 87, páginas 2727 a 2728 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2022-2174

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que la Junta General de la mercantil LUMBIER DE INVERSIONES, Sociedad Limitada, en fecha 28 de abril de 2022, aprobó la fusión por absorción entre las sociedades LUMBIER DE INVERSIONES, Sociedad Limitada, TREINTA MIL DIEZ, Sociedad Limitada Unipersonal y CUMBRE DEL ISCONDISE, Sociedad Limitada Unipersonal, lo que tendrá lugar mediante la absorción de estas dos últimas por la primera, con disolución y extinción sin liquidación de las sociedades absorbidas, adquiriendo la sociedad absorbente, mediante el traspaso en bloque a título universal, todo el patrimonio, derechos y obligaciones de las sociedades absorbidas, conforme el Proyecto de Fusión conjunto suscrito por las sociedades participantes en la fusión, de fecha 31 de marzo de 2022.

Al estar las sociedades absorbidas íntegramente participadas, de forma directa, por la sociedad absorbente, no se produce canje de participaciones sociales ni aumento de capital social, ni es necesaria la elaboración de los informes por los administradores, ni por los expertos independientes sobre el proyecto de fusión, así como tampoco resulta necesaria la aprobación de la fusión por la Junta General de las Sociedades absorbidas, según lo establecido en el artículo 49 de la Ley de Modificaciones Estructurales. La fusión tendrá como consecuencia la extinción de todas las participaciones sociales de las sociedades absorbidas.

A tal efecto se informa que se han tomado como Balances de Fusión de la sociedad absorbente y de las sociedades absorbidas los cerrados a 31 de diciembre de 2021, aprobados previamente por la Junta General de la Sociedad absorbente, y teniendo la fusión efectos contables desde el día 1 de enero de 2022.

No existen clases de acciones, ni aportaciones de industria, ni derechos especiales distintos de las participaciones en las sociedades intervinientes en la fusión, ni prestaciones accesorias en las sociedades absorbidas que se extinguen, ni se atribuyen ventajas a favor de los Administradores de ninguna de dichas sociedades, ni a los expertos independientes.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de la sociedad absorbente y de las sociedades absorbidas a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de fusión de las sociedades intervinientes en la fusión, documentos que están a disposición de los interesados en el domicilio social de las Compañías.

Los acreedores de la sociedad absorbente y de las sociedades absorbidas tienen derecho a oponerse a la fusión en el plazo de un mes, contado desde la fecha de publicación del último anuncio de fusión, en los términos establecidos en el artículo 44 de la Ley de Modificaciones Estructurales de las sociedades mercantiles.

Asimismo, se hace constar que se puso a disposición de los representantes de los trabajadores de la sociedad absorbente y de las sociedades absorbidas todos los documentos e información a que se refiere el artículo 39 de la Ley de Modificaciones Estructurales.

Barcelona, 4 de mayo de 2022.- Los Administradores, Frinvert Hold, S.L. representado por Dña. Raquel Arenas Fradera; Delta Fry Investments, S.L. representado por Dña. Alejandra Fradera Peters; y Frallor Invest, S.L.U. representado por D. Jordi Puig Ortiz.

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