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Documento BORME-C-2022-220

IQVIA INFORMATION, S.A.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
IASIST, S.A.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 14, páginas 269 a 269 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2022-220

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (LME), se hace público que el Accionista Único de la sociedad IQVIA INFORMATION, S.A.U. ("Sociedad Absorbente") y el Accionista Único de la sociedad IASIST, S.A.U. ("Sociedad Absorbida"), con fecha 30 de diciembre de 2021, aprobaron la fusión por absorción de IASIST, S.A.U. por IQVIA INFORMATION, S.A.U., por medio de la transmisión en bloque por sucesión universal de todo el patrimonio de la Sociedad Absorbida a la Sociedad Absorbente, previa disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida.

Todo ello conforme a los términos establecidos en el proyecto común de fusión suscrito, con fecha 30 de junio de 2021, por los órganos de administración de las dos sociedades que se fusionan, sirviendo de base de la fusión los balances de la Sociedad Absorbente y de la Sociedad Absorbida cerrados a 31 de diciembre de 2020, debidamente aprobados.

Se hace constar que la Sociedad Absorbente es titular de la totalidad de las acciones representativas del capital social de la Sociedad Absorbida, siendo de aplicación el régimen previsto en el artículo 49.1 de la LME.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 42 de la LME, el acuerdo de fusión se ha adoptado sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la ley, al haberse adoptado por los respectivos accionistas únicos de ambas sociedades, en el ejercicio de las competencias de la Junta General con carácter universal.

Se hace constar expresamente, a los efectos de lo previsto en el artículo 43 de la LME, el derecho de los accionistas y acreedores de las sociedades que se fusionan a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y los balances de fusión, los cuales se encuentran a su disposición en el domicilio social respectivo de cada una de las sociedades que se fusionan, teniendo los accionistas y acreedores igualmente el derecho a obtener la entrega o el envío gratuito de los mismos.

Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la LME, los acreedores de las sociedades que se fusionan podrán oponerse al acuerdo de fusión adoptado por dichas sociedades, durante el plazo de un mes contado a partir de la publicación del presente anuncio.

Madrid, 18 de enero de 2022.- En su condición de Secretario no Consejero de "Iqvia Information, S.A.U." y Secretario no Consejero de "Iasist, S.A.U.", D. Gonzaga-Feliciano Ruiz-Cabrero Díaz-Agero.

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