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Documento BORME-C-2022-3054

CENTRO DE TÉCNICOS DEPORTIVOS AL-ÁNDALUS, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL
(SOCIEDAD SEGREGADA)
CENTRO DE FORMACIÓN SEGUIRILLA, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL
(SOCIEDAD BENEFICIARÍA DE NUEVA CREACIÓN)

Publicado en:
«BORME» núm. 95, páginas 3781 a 3781 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2022-3054

TEXTO

Segregación de unidad económica por creación de nueva sociedad de responsabilidad limitada.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME"), por remisión del artículo 73.1, se hace público que con fecha 25 de abril de 2022, el socio único de la sociedad Centro de Técnicos Deportivos Al-Ándalus, S.L.U. ("Sociedad Segregada"), ha aprobado la operación de segregación de la unidad económica afecta a la "Formación Profesional Reglada en la provincia de Huelva" de la Sociedad Segregada, a favor de la sociedad de nueva constitución "Centro de Formación Seguirilla, S.L.U." ("Sociedad Beneficiaria"), la cual adquirirá en bloque, por sucesión universal, todos los derechos y obligaciones que la Sociedad Segregada tuviera afectos a la citada unidad económica (la "Segregación"), todo ello ajustado a los términos y condiciones del proyecto de segregación redactado y suscrito por el órgano de administración de la Sociedad Segregada con fecha 12 de marzo de 2022 (el "Proyecto de Segregación").

Como consecuencia de la operación, la Sociedad Beneficiaria quedará constituida con un capital social con cargo a la aportación no dineraria que constituye la referida unidad económica aportada por la Sociedad Segregada, capital social que será íntegramente asumido por la misma sin que, como consecuencia de la segregación, se produzca extinción de la Sociedad Segregada.

Se hace constar que, al no tratarse de sociedades anónimas ni comanditarias por acciones, y tratarse de una operación de segregación por constitución de nueva sociedad cuyas participaciones sociales son asumidas íntegramente por la Sociedad Segregada, no resulta necesario, tal y como se expone en el Proyecto de Segregación, ni el informe de administradores, ni el informe de experto independiente, así como tampoco el tipo de canje de las participaciones sociales.

De igual forma, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de la Sociedad Segregada a obtener el texto íntegro del acuerdo de segregación adoptado, que se encuentran a su disposición en el domicilio social de la Sociedad Segregada en Carretera de Gibraleón 6ªA, 21005 Huelva, así como el derecho de los acreedores de la sociedad que se segrega a oponerse a la segregación en los términos previstos en el artículo 44 de la LME, durante el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio de este acuerdo de segregación.

Huelva, 16 de mayo de 2022.- Administrador único de Centros de Técnicos Deportivos Al-Ándalus, S.L.U, Antonio Gallardo Martínez.

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