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Documento BORME-C-2022-34

FIRMAPROFESIONAL, S.A.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
EBIID PRODUCTS AND SOLUTIONS, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 2, páginas 42 a 42 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2022-34

TEXTO

Anuncio de fusión impropia

Se hace público que la Junta General extraordinaria y universal de accionistas de Firmaprofesional, S.A., y el Socio Único de Ebiid Products and Solutions, S.L.U. (constituido en funciones de Junta General), en fecha 29 de diciembre de 2021, aprobaron, por unanimidad, la fusión (impropia) de dichas sociedades mediante la absorción por "Firmaprofesional, S.A." de "Ebiid Products and Solutions, S.L.U.", mediante transmisión a título universal del patrimonio a la sociedad absorbente y disolución sin liquidación o extinción de la sociedad absorbida –sin que se produzca ampliación del capital social de la sociedad absorbente ni, por tanto, modificación de los estatutos sociales-, conforme a los términos y condiciones del proyecto común de fusión suscrito por los miembros de los consejos de administración de las sociedades intervinientes y que se ha insertado en la página web de la sociedad absorbente (www.firmaprofesional.com) y absorbida (www.biid.com), con posibilidad de descargarlo e imprimirlo.

Habiéndose adoptado los acuerdos de fusión en ambas sociedades por decisión de su socio único ejerciendo las funciones de junta general (en el caso de Ebiid Products and Solutions, S.L.U), y en junta universal por unanimidad de todos los accionistas con derecho de voto (en el caso de Firmaprofesional, S.A.), en consecuencia, de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 42 de la Ley 3/2009, el acuerdo de fusión no requiere la publicación o depósito previo de los documentos exigidos por la Ley, ni el informe de los administradores sobre el proyecto de fusión. No obstante ello, respecto del proyecto de fusión, el mismo, además de haberse insertado previamente en las respectivas webs corporativas de ambas sociedades, el hecho de la inserción también ha sido objeto de comunicación al Registro Mercantil, a efectos informativos, para su publicación en el BORME.

Se hace constar el derecho que asiste a los a los accionistas y acreedores de ambas sociedades a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión, en los términos establecidos en el artículo 44 de la Ley 3/2009, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión.

Barcelona, 30 de diciembre de 2021.- La Vicesecretaria no Consejera del Consejo de Administración de "Firmaprofesional, S.A.". La Vicesecretaria no Consejera del Consejo de Administración de "Ebiid Products and Solutions, S.L.U.", Marta Garcia Domènech.

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