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Documento BORME-C-2022-3659

ANTONIO PAZOS, S.A.
(SOCIEDAD SEGREGADA)
ANPASA SOLUCIONES TECNOLÓGICAS Y ELÉCTRICAS, S.L.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 100, páginas 4507 a 4507 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2022-3659

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de modificaciones estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LME"), por remisión expresa del artículo 73 del mismo texto legal, se hace público que el 23 de mayo de 2022, los administradores solidarios de Antonio Pazos, S.A. (Sociedad Segregada) aprobó la segregación, en virtud de la cual la Sociedad Segregada traspasará, en bloque y por sucesión universal, la unidad económica consistente en instalaciones, maquinaria, existencias, vehículos, patentes, marcas y demás derechos destinados a la compra, venta, comercialización y manipulación de todo tipo de material eléctrico, su desarrollo tecnológico y cualquier actividad consecuente, conexa o derivada de las anteriores, a favor de una Sociedad de Responsabilidad Limitada de nueva creación que se denominará Anpasa Soluciones Tecnológicas y Eléctricas, S.L. (Sociedad Beneficiaria), que adquirirá todos los derechos y obligaciones inherentes a dicha actividad y que quedará constituida como consecuencia de la ejecución de la segregación.

Como consecuencia de la operación, la Sociedad Beneficiaria quedará constituida con un capital social con cargo a la aportación no dineraria que constituye el referido negocio aportado por la Sociedad Segregada, capital social que será íntegramente asumido por la misma sin que, como consecuencia de la segregación, se produzca extinción de la Sociedad Segregada.

Dado que Anpasa Soluciones Tecnológicas y Eléctricas, S.L., Sociedad Beneficiaria, será una Sociedad Limitada de nueva constitución e íntegramente participada de forma directa por Antonio Pazos, S.A., resulta aplicable a esta segregación el régimen simplificado establecido en el artículo 78 bis de la LME, así como en el artículo 49.1 de la LME por remisión de los artículos 73 y 52 de ésta. En consecuencia, no resultan necesarios para esta segregación (i) un informe de administradores y, en tanto que Anpasa Soluciones Tecnológicas y Eléctricas, S.L., será una Sociedad de Responsabilidad Limitada, tampoco un informe de expertos sobre el proyecto de segregación (artículos 73 a 76 de la Ley de Sociedades de Capital en relación con los artículos de la LME ya citados), (ii) la inclusión en el proyecto de segregación de las menciones 2.ª, 6.ª y 10.ª del artículo 31 de la LME, (iii) la aprobación por Antonio Pazos, S.A., de un Balance de segregación.

El acuerdo de segregación ha sido aprobado en los términos previstos en el proyecto común de segregación de Unidad Económica, suscrito por los administradores solidarios en fecha 23 de mayo de 2022.

Se hace constar el derecho que asiste a los Accionistas, Acreedores y Trabajadores de Antonio Pazos, S.A., a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de pedir la entrega o envío gratuito, el cual se encuentra a su disposición en el domicilio social de Antonio Pazos, S.A. (calle Severo Ochoa, n.º 25, Polígono de la Grela, 15008 La Coruña), así como el derecho de los acreedores de la sociedad que se segrega a oponerse a la segregación en los términos previstos en el artículo 44 de la LME, durante el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio de este acuerdo de segregación.

A Coruña, 23 de mayo de 2022.- Administradores solidarios Antonio Pazos, S.A., Alejandro Pazos Puertas, Antonio Pazos Puertas y María Pazos Puertas.

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