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Documento BORME-C-2022-392

BEKA VALUES, AGENCIA DE VALORES, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 24, páginas 471 a 471 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
AUMENTO DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2022-392

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 304 y 305.2 de la Ley de Sociedades de Capital, se comunica que, con fecha 13 de diciembre de 2021, la Junta General Extraordinaria de Accionistas de la sociedad BEKA VALUES AGENCIA DE VALORES, S.A. (la "Sociedad"), debidamente convocada, adoptó, entre otros acuerdos, el siguiente:

1.º- Aumentar el capital social por un importe nominal de OCHO MIL QUINIENTOS SIETE EUROS (8.507 €) mediante la emisión y puesta en circulación de OCHO MIL QUINIENTAS SIETE (8.507) nuevas acciones ordinarias de la Sociedad, de UN EURO (1€) de valor nominal cada una de ellas, de la misma clase y serie que las existentes en la actualidad, representadas mediante acciones nominativas, con derecho de suscripción preferente y siendo su contravalor nuevas aportaciones dinerarias. Las nuevas acciones se emitirán por el mismo valor nominal que el resto de las acciones de la Sociedad, esto es, UN (1) EURO, con una prima de emisión de 46,02 € por acción, por un importe total de TRESCIENTOS NOVENTA Y UN MIL QUINIENTOS VEINTICUATRO EUROS CON TREINTA Y TRES CÉNTIMOS DE EURO (391.524,33 €).

2.º- El desembolso del Aumento de Capital tanto respecto del nominal como de la prima de emisión, se realizará mediante aportaciones dinerarias.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 304 de la citada Ley de Sociedades de Capital, los accionistas que lo fuesen en el mismo momento en que comenzó la Junta General de Accionistas, tendrán derecho a suscribir un número de acciones proporcional al valor nominal de las que posean.

Los titulares de derechos de adquisición preferente podrán ejercitar este derecho durante el plazo de un mes, a contar desde la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial del Registro Mercantil.

El ejercicio del derecho de suscripción preferente deberá acreditarse ante la propia sociedad mediante el justificante con el correspondiente certificado de la transferencia bancaria o ingreso en la cuenta con IBAN número ES30 0234 0001 0090 3327 8800 abierta en la entidad Banco Caminos a nombre de la Sociedad.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 311 de la Ley de Sociedades de Capital, se prevé la posibilidad de suscripción incompleta del aumento de capital, por lo que, en el supuesto de que éste no fuera suscrito íntegramente, el capital se ampliará en la cuantía de las suscripciones realizadas.

Una vez ejecutado el acuerdo de aumento del capital social, el Consejo de Administración dará nueva redacción a los estatutos sociales a fin de recoger en los mismos la nueva cifra de capital social, a cuyo efecto se entenderá facultado por el acuerdo de aumento.

Madrid, 1 de febrero de 2022.- El Presidente del Consejo de Administración de Beka Values, Agencia de Valores, S.A., D. Carlos Stilianopoulos Ridruejo.

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