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Documento BORME-C-2022-4021

"RICOPIA HENARES, S.A."
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
"COMERCIAL DIAZ, S.A."
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 108, páginas 4917 a 4917 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2022-4021

TEXTO

De conformidad con los artículos 43 de la Ley 3/2009 sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (en adelante LME), se hace público que la el Socio único actuando como Junta General respectivamente de las sociedades "RICOPIA HENARES, S.A." y "COMERCIAL DIAZ, S.A..", en la sesión celebrada el día 1 de junio de 2022 adoptaron por unanimidad el acuerdo de la fusión por absorción impropia de "COMERCIAL DIAZ, S.A." por "RICOPIA HENARES, S.A.", conforme a lo dispuesto en el proyecto de fusión suscrito por el administrador único de ambas sociedades, extinguiéndose y disolviéndose sin liquidación la absorbida, transmitiendo en bloque su patrimonio social a la absorbente y en consecuencia la absorbente se subroga en todos los derechos y obligaciones de la absorbida, sin limitación alguna.

La fusión se lleva de conformidad con las disposiciones del artículo 49 de la LME al encontrarse la sociedad absorbida íntegramente participada por la sociedad absorbente.

Todo lo anterior conforme a lo dispuesto en el Proyecto Común de Fusión por absorción y suscrito y firmado por el órgano de administración de las compañías intervinientes.

El acuerdo de fusión se ha adoptado sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley de conformidad con el artículo 42 de la LME.

De conformidad con lo previsto en los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009 se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades afectadas de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión de cada una de las sociedades y que asimismo a los acreedores de las sociedades que se fusionan les asiste el derecho de oposición a la fusión, durante el transcurso de un mes, contado desde la fecha del último anuncio de los acuerdos adoptados por el socio único de la sociedad absorbente.

Madrid, 3 de junio de 2022.- El Administrador Único de "Ricopia Henares, S.A." y representante persona física de Ricopia Henares, S.A. administrador único de "Comercial Diaz, S.A.", D. Leandro Bermejo Campo.

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