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Documento BORME-C-2022-4059

INVERCANTIL, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
ALLWARE SIGLO XXI, S.L.U.;
GESTÉCNICA AGRUPADOS, S.L.U.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 109, páginas 4974 a 4974 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2022-4059

TEXTO

Absorción por fusión.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009 de las Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que las Juntas Generales de las sociedades INVERCANTIL, S.L., ALLWARE SIGLO XXI, S.L.U. y; GESTÉCNICA AGRUPADOS, S.L.U., celebradas con carácter universal el día 6 de junio de 2022, acordaron por unanimidad la fusión de dichas sociedades mediante la absorción de ALLWARE SIGLO XXI, S.L.U. y; GESTÉCNICA AGRUPADOS, S.L.U., por parte de INVERCANTIL, S.L., con transmisión integra del patrimonio de las sociedades absorbidas a la sociedad absorbente, que incorporará, a título de sucesión universal, todos los elementos integrantes del activo y pasivo de dichas sociedades, subrogándose INVERCANTIL, S.L. en todos los derechos y obligaciones de la mercantil absorbida que quedará disuelta y extinguida sin liquidación.

La fusión se ampara en el procedimiento abreviado del art. 42 de la Ley 3/2009 por haber sido acordada por los socios de forma unánime en las respectivas Juntas y contempla que el periodo de retroacción contable de las operaciones de fusión se sitúe en el 1 de junio de 2022. El acuerdo de fusión se adopta en los mismos términos que constan en el proyecto común de fusión redactado el día 6 de junio de 2022 por el administrador único común de las sociedades afectadas por la fusión.

Por tratarse de absorción de entidades íntegramente participadas, la restructuración no contempla emisión de capital en la entidad absorbente.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 40 de la Ley 3/2009 de las Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades que son parte en la operación de fusión descrita a solicitar y obtener copia del texto íntegro de los acuerdos adoptados, así como de los Balances de Fusión.

Asimismo, los acreedores de dichas sociedades podrán oponerse a los acuerdos de fusión que consideren que les perjudica dentro del plazo de un mes a contar desde la publicación del último anuncio publicado, en los términos del artículo 44 de la citada ley.

Madrid, 6 de junio de 2022.- Administrador Único, Juan María Arnaiz Eguren.

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