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Documento BORME-C-2022-4154

CENTRO GINECOLÓGICO RIOJANO S.L.P.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
ENTRALSON S.L.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 111, páginas 5097 a 5097 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2022-4154

TEXTO

En cumplimiento con lo dispuesto en los artículos 43.1 y 73.1 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que la Junta General Universal de la sociedad "CENTRO GINECOLÓGICO RIOJANO S.L.P." celebrada en Logroño en fecha 7 de junio de 2022, ha adoptado por unanimidad el acuerdo de escisión parcial financiera de la sociedad, en virtud de la cual traspasará, sin extinguirse, la unidad económica independiente consistente en la cartera financiera integrada por la totalidad de las participaciones sociales que ostenta de la sociedad AELNET S.L y la transmitirá en bloque a la sociedad beneficiaria ENTRALSON S.L, de nueva creación, que la adquirirá por sucesión a título universal, subrogándose en todos los derechos y obligaciones integrantes del patrimonio escindido.

Se cumplen en el presente caso los requisitos exigidos en los artículos 42 y 78 bis de la Ley 3/2009, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles para llevar a cabo la operación de escisión parcial financiera mediante el procedimiento simplificado.

Los acreedores de la sociedad que se escinde parcialmente pueden obtener el texto íntegro del acuerdo de escisión adoptado aprobado por unanimidad y tienen a su disposición la documentación legalmente exigible. Los acreedores cuyo crédito haya nacido antes de la fecha de publicación del acuerdo escisión tienen derecho a oponerse a la escisión en el plazo de un mes desde la última publicación del acuerdo de escisión.

Logroño, 7 de junio de 2022.- Administrador solidario, Federico José Muñoz Martínez de Salinas.

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