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Documento BORME-C-2022-4754

PREMIUM LEADS, S.L. (SOCIEDAD ABSORBENTE) IP WEB SERVICES, S.L. (SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 126, páginas 5780 a 5780 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2022-4754

TEXTO

De conformidad con el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles se hace público que con fecha 8 de junio de 2022 los Socios comunes de las citadas sociedades, Ipglobal, S.L. y Corporación de Nuevos Medios Digitales, S.L., han decidido la fusión por absorción de las entidades IP WEB SERVICES, S.L. como sociedad absorbida y PREMIUM LEADS, S.L. como sociedad absorbente.

Dicha operación de fusión se aprobó con las menciones recogidas en el proyecto común de fusión, de fecha 31 de mayo de 2022, redactado y suscrito por el consejo de administración de ambas sociedades. Asimismo, se aprobó el balance de fusión de las sociedades intervinientes en la fusión, cerrados a fecha 31 de diciembre de 2021.

Se trata de una fusión especial entre sociedades gemelas, asimilable a la absorción de sociedades íntegramente participadas, según lo establecido en el artículo 52 de la Ley sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, dado que absorbente y absorbida son sociedades participadas de forma directa e íntegra por los mismos socios y con el mismo porcentaje de participación y los mismos integrantes del Consejo de Administración.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 52, apartado 1.º, de la Ley 3/2009 esta absorción se lleva a cabo con disolución y extinción sin liquidación de la Sociedad Absorbida y la transmisión en bloque de todo su patrimonio a la Sociedad Absorbente que adquiere, por sucesión universal, todos los derechos y obligaciones de aquéllas. Este proceso de integración se desarrolla sin ampliación del capital social ni relación de canje, ni en consecuencia intervención de experto. Tampoco serán necesarios ni los informes de administradores ni de expertos sobre el proyecto de fusión. Asimismo, se ha adoptado la decisión de aprobar el acogimiento de la operación de fusión al régimen de neutralidad fiscal.

Las operaciones de la Sociedades Absorbida se considerarán realizadas por cuenta de la Sociedad Absorbente, a efectos contables, a partir del 1 de enero de 2022.

Se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión. Los acreedores de las sociedades indicadas pueden oponerse a la fusión en los términos establecidos en el artículo 44 de la Ley 3/2009, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, durante el plazo de un mes, contado a partir de la fecha de esta publicación.

A Coruña, 29 de junio de 2022.- Secretario del Consejo de Administración, David Bello Gacio.

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