Está Vd. en

Documento BORME-C-2022-4785

MANUFACTURAS METALURGICAS RSL, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
QUATTRO SERVICIOS COMERCIALES Y EMPRESARIALES, S.L.
INMOBILIARIA RINS SAMPER, S.L.
MANUFACTURAS DEL ALAMBRE Y TUBO, S.L.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 127, páginas 5816 a 5816 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2022-4785

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que por acuerdo de las juntas generales de Manufacturas Metalúrgicas RSL, SL, con CIF B08863516, Quattro Servicios Comerciales y Empresariales, SL. con CIF B58474958, Inmobiliaria Rins Samper, SL, con CIF B60699790 Y Manufacturas del Alambre y Tubo, SL, con CIF B62554571, se ha adoptado con fecha de 29 de junio de 2022, la decisión de aprobar la fusión por absorción de Quattro Servicios Comerciales y Empresariales, SL, CIF B58474958, Inmobiliaria Rins Samper, SL, CIF B60699790 y Manufacturas del Alambre y Tubo, SL, CIF B62554571, en favor de Manufacturas Metalúrgicas RSL,SL, con CIF B08863516. Como consecuencia de la fusión se producirá la extinción de las sociedades absorbidas y la transmisión en bloque de sus patrimonios sociales a MANUFACTURAS METALURGICAS RSL, SL., que lo adquirirá por sucesión universal, subrogándose en los derechos y obligaciones inherentes a dicho patrimonio social.

Los acuerdos relativos a la Fusión fueron adoptados en los términos que resultan del proyecto de fusión formulado, redactado y suscrito por los órganos de administración de las Sociedades Participantes con fecha de 28 de junio de 2022. Asimismo, en aplicación de lo previsto en el artículo 42 de la Ley de Modificaciones Estructurales de las sociedades Mercantiles, las Sociedades Participantes han adoptado los Acuerdos de Fusión en Junta Universal y por unanimidad, no siendo preciso publicar o depositar el Proyecto de Fusión ni los restantes exigidos por la Ley de Modificaciones Estructurales de las sociedades Mercantiles con carácter previo a la aprobación de la Fusión, así como tampoco preparar el informe de los administradores sobre el Proyecto de Fusión, respetándose en todo caso los derechos de información expresamente recogidos en el artículo 42.2 de la citada ley.

Dado que todas las sociedades participantes de la fusión tienen los mismos socios y en la misma participación del capital social, no se realiza modificación alguna ni en el importe ni en la composición del capital social.

Conforme a lo dispuesto en los artículos 43 y 44 Ley de Modificaciones Estructurales de las sociedades Mercantiles, se hace constar el derecho que asiste a los socios, trabajadores y a todos los acreedores de cualquiera de las Sociedades Participantes a obtener el texto íntegro de los acuerdos de Fusión adoptados y de los respectivos Balances de Fusión, así como del derecho a oponerse a la Fusión en los términos y con los efectos legalmente previstos, en el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio de los acuerdos de Fusión.

Montcada i Reixac, 29 de junio de 2022.- Presidente del consejo de administración, Jose-Luis López Rins.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid