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Documento BORME-C-2022-5064

TRUST IN ITACA SICAV, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 135, páginas 6135 a 6136 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
REDUCCIÓN DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2022-5064

TEXTO

De conformidad con los Acuerdos de la Junta General Extraordinaria de Accionistas de la sociedad TRUST IN ITACA SICAV, S.A., de fecha 27 de mayo de 2022, así como los artículos 319 y 346 y siguientes de la Ley de Sociedades de Capital, se han adoptado por unanimidad, entre otros, los acuerdos siguientes.

I. La derogación íntegra de los actuales Estatutos Sociales y la aprobación de un nuevo texto refundido de acuerdo con la normativa de aplicación, modificando su objeto social, siendo la nueva redacción del artículo 2 de los Estatutos Sociales relativo al objeto social la siguiente:

Artículo 2º.

La sociedad tendrá como objeto social:

a) La adquisición y venta de fincas rústicas y urbanas, edificadas o sin edificar, ya sea en bloque o por viviendas, la parcelación, urbanización y la intervención o intermediación en cualquier fase del proceso de promoción de las mismas, la compraventa, administración, arrendamiento, subarriendo, explotación o cualquier otra clase de operación análoga, de toda clase de bienes y derechos, muebles, inmuebles, salas de espectáculos, garajes, aparcamientos, talleres de reparación de automóviles, títulos y valores, pertenencias de propiedad industrial y otros semejantes. En relación con el objeto social, la Sociedad podrá dedicarse a la construcción de toda clase de edificios y construcciones para darlos en régimen de arriendo o proceder a su venta, en su totalidad o por pisos o departamentos.

b) La compra y venta de acciones, participaciones y partes e intereses de todo tipo de sociedades, tanto españolas como extranjeras, quedando excluidas las actividades para cuyo ejercicio la Ley exija requisitos especiales, en tanto no queden cumplidos por la Sociedad, así como las reservadas a las Instituciones de Inversión Colectiva y Sociedades de Valores y Bolsa.

c) La compra, venta, administración y explotación de negocios dedicados a la hostelería y la restauración, así como el desarrollo de actividades hoteleras en general. El objeto de la sociedad es dedicarse a la realización de todo tipo de actividades relacionadas con la hostelería, la restauración y la explotación de establecimientos y realización de negocios de esta naturaleza, así como aquellos otros que, aún no teniendo propiamente tal carácter, se deriven o resulten conexos con la mencionada actividad principal como es el caso de actividades recreativas, culturales, salas de fiestas, tiendas de regalos, instalaciones para la práctica de deportes, anejos a establecimientos hoteleros y otros.

Las actividades enumeradas podrán también ser desarrolladas por la Sociedad, total o parcialmente, de modo indirecto, mediante la participación en otras sociedades con objeto idéntico o análogo, o mediante cualesquiera otras formas admitidas en derecho

Quedan excluidas todas aquellas actividades para cuyo ejercicio la Ley exija requisitos especiales que no queden cumplidos por esta Sociedad.

Si las disposiciones legales exigiesen para el ejercicio de algunas de las actividades comprendidas en el objeto social, autorización administrativa o inscripción en Registros Públicos, no podrán iniciarse antes de que hayan cumplido los requisitos administrativos exigidos."

Se hace constar el derecho que asiste a los accionistas que no hubieran votado a favor del acuerdo de modificación de objeto social de en el plazo de un mes ejercer su derecho de separación, conforme al artículo 348 de la Ley de Sociedades de Capital, procediéndose a su ejecución una vez finalizado el mismo sin haberse procedido al ejercicio del derecho.

II. Reducir, tanto por unanimidad de los asistentes a dicha Junta, como por unanimidad de los accionistas afectados que están presentes y que equivalen al 55,55 % de los accionistas afectados, el capital social, con la finalidad de devolver las aportaciones a determinados accionistas, por importe de 270 euros, mediante la amortización de las acciones titularidad de dichos accionistas.

Con motivo del acuerdo de reducción de capital de la Sociedad, el capital social pasa a estar representado por 1.520.997 acciones, de 10 euros de valor nominal cada una de ellas, numeradas del 1 al 1.520.997, ambos inclusive, lo que representa un capital social total de 15.209.970 €, totalmente suscrito y desembolsado, modificándose en consecuencia el artículo 5º de los Estatutos Sociales.

Igualmente, y como consecuencia del acuerdo de reducción de capital de la Sociedad y la devolución de aportaciones a determinados accionistas, la suma que habrá de abonarse a los mismos será de 24,735016 euros por acción, siendo un total de 27 las acciones afectadas.

Se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de la Sociedad de ejercitar el derecho de oposición durante el plazo de un mes, de conformidad con lo previsto en los artículos 334 a 337 de la Ley de Sociedades de Capital.

El acuerdo de reducción de capital será ejecutado una vez finalizado el plazo para el ejercicio del derecho de oposición de los acreedores previsto en el artículo 336 de la Ley de Sociedades de Capital.

Barcelona, 7 de julio de 2022.- Jolima, S.L., Presidente del Consejo de Administración, representada por, D. Max Marcó Riera.

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