Está Vd. en

Documento BORME-C-2022-5152

KAT POWER INTERNATIONAL, S.L.
(SOCIEDAD PARCIALMENT ESCINDIDA)
SWEET MISS LOVE, S.L.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 139, páginas 6235 a 6235 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2022-5152

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43, por remisión del artículo 73, todos ellos de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (la "Ley 3/2009") y demás disposiciones concordantes, se hace público que el 30 de junio de 2022 los socios de KAT POWER INTERNATIONAL, S.L. (B17789033) y SWEET MISS LOVE, S.L. (B55244776) adoptaron las decisiones relativas a la aprobación de la escisión parcial de KAT POWER INTERNATIONAL, S.L. mediante la segregación de cierta unidad económica de su patrimonio autónoma, distinta y diferenciada y su traspaso en bloque a la sociedad preexistente SWEET MISS LOVE SL, adquiriendo esta por sucesión a título universal todos los derechos y obligaciones integrantes del patrimonio escindido, todo ello en los términos y condiciones que se indican en el Proyecto de Escisión parcial de fecha 30 de junio de 2022, que ha sido aprobado por la Junta de ambas sociedades y suscrito por los administradores de las sociedades intervinientes.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley 3/2009, no es necesaria la publicación o el depósito previo del proyecto de escisión dado que los acuerdos sociales relativos a la escisión parcial de KAT POWER INTERNATIONAL, S.L. fueron adoptados por los respectivos socios de las sociedades que participan en la escisión. Igualmente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 78.bis de la Ley 3/2009, no es necesario el informe de los administradores sobre el proyecto de escisión ni el informe de expertos independientes.

Se advierte expresamente a los acreedores de la sociedad escindida, de su derecho a obtener gratuitamente el texto íntegro de las decisiones adoptadas y de los balances de escisión, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009.

Durante el plazo de un (1) mes contado a partir de la última publicación de este anuncio de escisión, los acreedores de la sociedad escindida podrán oponerse a la misma, en los términos dispuestos en el artículo 44 de la Ley 3/2009.

Santa Llogaia d'Alguema, 18 de julio de 2022.- El Administrador Solidario de Kat Power International, S.L, Xavier Soteras Giralt.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid