Está Vd. en

Documento BORME-C-2022-5575

MECANIZADOS ORTIZ, S.L. (SOCIEDAD ESCINDIDA) ORTIZ MANUFACTURING, S.L. (SOCIEDAD BENEFICIARIA PREEXISTENTE) Y ORTIZ FLORES INVESTMENT, S.L. (SOCIEDAD BENEFICIARIA DE NUEVA CREACION)

Publicado en:
«BORME» núm. 149, páginas 6745 a 6745 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2022-5575

TEXTO

Anuncio de escisión total por acuerdo unánime del artículo 42 de la Ley 3/2009, de 3 de abril sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43, por remisión del artículo 73, todos ellos de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en lo sucesivo la "Ley") y demás disposiciones aplicables, se hace público que, con fecha 30 de junio de 2022, la Junta General Extraordinaria y Universal de Mecanizados Ortiz, S.L. (sociedad escindida), acordó, por unanimidad, aprobar la escisión total de la sociedad, con la extinción de la misma, mediante su disolución sin liquidación, y el traspaso en bloque de todo su patrimonio social a dos sociedades beneficiarias, la sociedad preexistente Ortiz Manufacturing, S.L. y la entidad de nueva creación Ortiz Flores Investment, S.L. (sociedad a constituir en el momento de la elevación a público del acuerdo de escisión).

La mencionada operación de escisión total se acoge al régimen fiscal sobre fusiones, escisiones y canje de activos establecido en el capítulo VII del Título VII de la Ley del impuesto sobre Sociedades.

Se hace constar que el acuerdo de escisión total ha sido igualmente adoptado por unanimidad de los socios de Ortiz Manufacturing, S.L. (sociedad beneficiaria preexistente), mediante acuerdo de su junta general de fecha 30 de junio de 2022, conforme a los términos establecidos en el proyecto de escisión total común elaborado por los órganos de administración de las sociedades escindidas y beneficiarias de la escisión, y aprobada de forma unánime por el 100 por 100 de sus capitales sociales.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley, el acuerdo de escisión total ha sido adoptado por unanimidad por la junta general de las Sociedades participantes en la escisión sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley, y sin informe de los administradores, al haberse adoptado por la decisión unánime de los socios de las sociedades participantes en la escisión total.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades intervinientes en el proceso de escisión a obtener gratuitamente el texto íntegro del acuerdo de escisión total adoptado y los balances de escisión.

Del mismo modo, se hace constar el derecho de oposición a la operación de escisión total que asiste a los acreedores de las sociedades participantes dentro del plazo de un mes desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de escisión total, todo ello en los términos previstos en los artículos 43 y 44 de la Ley.

Madrid, 20 de julio de 2022.- El administrador único de Mecanizados Ortiz, S.L., y de Ortiz Manufacturing, S.L. Don José Luis Ortiz Sáez.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid